El tráfico de ilegales es una violación inmigratoria tipificada en la sección 212(a)(6)(E) de ley de inmigración y nacionalidad de los EEUU. Y aunque, para ser elegible al estatus de protección temporal (TPS), no importa la manera de entrada a los EEUU, quien incurra en ayudar a otras personas a entrar ilegalmente, estará inicialmente vetado de poder recibir TPS por constituir un causal de inadmisibilidad en los EEUU. El tráfico de ilegales hacia los EEUU puede ocurrir de múltiples maneras, aún sin haber personalmente cruzado por la frontera ilegalmente.
Y es que la definición legal del tráfico de ilegales (“alien smuggling”, como se le conoce en inglés), incluye a “extranjeros que, de cualquier manera, en cualquier momento hayan ayudado a traer a otros extranjeros ilegalmente a los EEUU”. Esta definición incluye a cualquier persona quien, “a sabiendas” haya alentado, asistido, instigado o ayudado a otro extranjero a entrar o “intentar” entrar a los EEUU ilegalmente. Esta amplia definición incluye el envío de dinero a un extranjero para pagarle el viaje como parte y en conexión con su entrada ilegal a los EEUU, e inclusive el simple hecho de “alentarlo” a realizar la travesía.
Es el ejemplo de un extranjero que decide prestarle o darle dinero a alguien fuera de los EEUU para que pueda llevar a cabo su travesía de entrar ilegalmente a los EEUU. En ese caso, quien presto el dinero es inadmisible bajo la ley inmigratoria por “tráfico de ilegales”. Sin embargo, existe un procedimiento legal para solicitar un perdón discrecional y así poder curar parcialmente esta violación. Cuando digo “parcialmente” me refiero a que, con respecto a una aplicación de TPS, la ley es bastante más generosa que cuando la inadmisibilidad es en conexión a una aplicación de residencia. Ya que para el TPS es posible obtener un perdón por haber traficado a cualquier persona sin importar que exista un vínculo familiar o no. Sin embargo, si esa misma persona en el futuro desea aplicar a la residencia, solo podrá aplicar a un perdón si la persona quien asistió a entrar ilegalmente a los EEUU fue su padre/madre, cónyuge o hijos. Si asiste a cualquier otra persona a entrar ilegalmente a los EEUU, entonces no será elegible para solicitar un perdón y será vetado de poder inmigrar a los EEUU de por vida.
Dentro de la planilla de aplicación al TPS (I-821), específicamente, la pregunta #22 de la página 9, dice: “¿Alguna vez ha usted asistido a cualquier otra persona a entrar a los Estados Unidos en violación de la ley?”. Esta pregunta es conducente a determinar si el aplicante al TPS requerirá o no aplicar formalmente a un perdón antes de ser aprobado el TPS. El servicio de inmigración tendrá el poder discrecional (a su antojo) de otorgar o no dicho perdón basado en razones humanitarias, unidad familiar, o basado en interés público. Usualmente este perdón puede presentarse acompañando una aplicación inicial del TPS, o en cualquier momento posterior en donde el USCIS determina que el causal de inadmisibilidad le aplica, a través de una solicitud de información adicional (RFE, por sus siglas en inglés).
Es particularmente importante buscar la asesoría adecuada con abogados de inmigración debidamente licenciados en los EEUU para aplicar a un perdón por tráfico de ilegales, ya que el no hacerlo solo incrementa el chance de una negación del beneficio principal solicitado y podría estar quemando una oportunidad muy valiosa de responder adecuadamente.Consulte siempre con abogados de inmigración licenciados en los EEUU y no con notarios, consultores o coaches de inmigración, los cuales no se encuentran acreditados ni poseen el conocimiento adecuado para realizar determinaciones legales de elegibilidad. Si desea analizar o consultar su situación inmigratoria individual con el autor, debe llamar al 833-MIGRACION y concertar una cita. www.abogadolatinohouston.com