La determinación por parte de la administración del presidente Trump de impedir a como de lugar que las personas apliquen al asilo en la frontera sur de los EE.UU. ha llegado a niveles sin precedentes. Desde comienzos de enero de 2019, el Departamento de Seguridad Interna (DHS) creó e implementó un programa llamado “protocolo de protección de migrantes” (MPP) en base a un acuerdo con el gobierno de México. Este programa consiste en que todo migrante que se presentare a pedir asilo en la frontera podría ser enviado a México a esperar “su turno” antes de poder presentar su caso en la corte de inmigración de los EE.UU.
También se eliminó la limitación de que los menores de edad no podían permanecer en detención por más de 20 días, ya que al parecer muchos estaban utilizando a los niños como excusa para solicitar una dispensa de entrada (“parole”) en la frontera.
Adicionalmente el 16 de julio de 2019, el DHS anunció una regla estableciendo como un impedimento absoluto a quienes apliquen al asilo en la frontera sur de EE.UU. luego de haber transitado por algún tercer país sin haber solicitado el asilo en dicho país primero.
Esta regla fue temporalmente suspendida por un tribunal federal a través de un interdicto, sin embargo, la corte suprema revocó el interdicto, permitiendo entonces su aplicación inmediata potencialmente a todo aquel que haya entrado después del 16 de julio de 2019.
Aún cuando según la provisión de la ley que impide la aplicación del asilo bajo esta situación, ello no es extensible a una aplicación de “retención de deportación” (Withholding of Removal) ni tampoco a quienes pidan protección bajo la convención en contra de la tortura y tratos inhumanos (CAT). La misma planilla de aplicación I-589 sirve para aplicar a dichas figuras. Al invocar dichas figuras en el puerto de entrada, deberían darle la oportunidad de una entrevista de “miedo razonable” (reasonable fear interview), la cual no debe confundirse con la de “miedo creíble” concedida en los casos de asilo.
Hasta finales de agosto de 2019, habían unos 37,578 aplicantes de asilo en la frontera sur de los EE.UU. incluidos en el protocolo de protección de migrantes (MPP). Para enfrentar este alto numero de aplicaciones, el gobierno ha instalado secretamente (ya no tan secretas), carpas a lo largo de la frontera de Laredo y Brownsville con el objetivo de usarlas como cortes de inmigración temporales para realizar audiencias virtuales a través de video conferencias con jueces localizados en otras partes del país. El gobierno planea lograr realizar unas 420 audiencias diarias en Laredo y otras 720 en Brownsville. Este tipo de practica de deportación masiva atenta severamente contra los derechos constitucionales de los inmigrantes, tales como a la debida representación y al debido proceso.
Se estima que al menos unos 150 jueces de inmigración alrededor de los EE.UU. se le estarían asignando las tareas de ventilar estos casos vía tele-video conferencia. También las cortes de San Diego y El Paso podrían estar exclusivamente asignadas a ventilar estos casos colocando en suspenso su carga regular de casos. Esto afectaría incrementando el retraso de los más de 930 mil casos actualmente pendientes en las cortes de inmigración de todo el país.
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