El Tribunal Supremo de Justicia en el exilio (TSJ), declaró como institucional aplicar “petro” en el cobro de los derechos de propiedad intelectual que exige el régimen a los usuarios del Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual.
A través de la cuenta oficial en Twitter del TSJ en el exilio se pudo conocer la sentencia que dictamina la inconstitucionalidad de la medida.
Tribunal Supremo de Justicia declara inconstitucionalidad de aplicación del “Petro” en el cobro de los derechos de propiedad intelectual que ilegalmente exige el régimen a los usuarios del Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual. @sapi_ve @OEA_oficial https://t.co/VCSMxUoiB0
— TSJ_Legítimo (@TSJ_Legitimo) July 16, 2019