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Cuando un extranjero entra ilegalmente a los EE. UU., además de estar cometiendo un delito, se está exponiendo a ser arrestado y colocado en un proceso de deportación expedita. Antes de permitírsele realizar una aplicación de asilo, la persona deberá haber pasado una entrevista de ‘miedo creíble’. Esta entrevista es un paso preliminar para determinar si existen elementos que
pudiesen encajar dentro de los causales legales para solicitar asilo en los EE. UU.
Debemos también tomar en cuenta que, actualmente, por razones de la pandemia, se le está aplicando el Título 42 a los inmigrantes que están entrando por la frontera sur de Texas, para ser devueltos a México de inmediato y sin derecho a una entrevista de miedo creíble ni nada. Simplemente los reseñan, y los devuelven. También debe tomarse en cuenta que el gobernador republicano de Texas, Gregg Abbott, ha prometido encarcelar por un mínimo de 6 meses bajo el cargo criminal de “traspaso agravado”, a todo inmigrante que entre ilegalmente a Texas. Esto es algo aparte de la detención por el gobierno federal por razones inmigratorias. Es decir que, si un juez de inmigración otorga una fianza, la persona podría simplemente ser trasladada de una cárcel a otra, ahora bajo la jurisdicción estatal.
Ya hemos mencionado en otras ocasiones que el asilo solo puede pedirse cuando se ha sido víctima de persecución en su país de origen, por razones de su raza, religión, nacionalidad, membresía en un grupo social particular u opinión política. Algunas personas llegarán pidiendo asilo alegando que las condiciones generalizadas en su país están muy malas, o porque no tienen trabajo, o fueron víctimas del hampa común. Lamentablemente, estos no son causales de asilo y es por ello por lo que existe esta entrevista preliminar de “miedo creíble”. Cabe destacar que no hay representación legal durante la entrevista de miedo creíble.
Si el aplicante pasa el filtro inicial del miedo creíble, entonces se le dará la oportunidad de introducir una aplicación formal de asilo frente un juez de inmigración (en detención) y tener a un abogado que lo represente. Si la persona no pasa la entrevista de miedo creíble, se le dará la oportunidad de apelar dicha decisión frente a un juez de inmigración, quien ventilará todos los detalles y hará una re-determinación o ratificación de la decisión anterior. Si el juez ratifica la negación del miedo creíble, la persona será deportada de manera expedita sin derecho a más nada.
Si el juez encuentra al aplicante “creíble”, entonces fijará una audiencia futura preliminar para ventilar los por menores del caso y tomar una decisión sobre su detención en el caso de tener jurisdicción para ello. Cuando la persona está sometida a detención mandatoria, aunque sea encontrado creíble, el juicio completo lo enfrentará estando preso en una cárcel federal. El detenido podrá ser representado por un abogado y será trasladado al tribunal el día de su audiencia o llevado frente a una cámara por videoconferencia.
Si el juez otorga una fianza al individuo, entonces este podrá salir en libertad luego de pagar la fianza acordada, y su caso será transferido para ser ventilado en una corte de inmigración de no-detenidos ubicados en la jurisdicción más cercana de la dirección a donde vaya a vivir.
En ambos casos, la aplicación de asilo debe introducirse dentro del lapso correspondiente de 1 año desde la fecha de entrada. Una vez introducido el asilo, comienza a correr el lapso de 365 días para poder solicitar un permiso de empleo. En algunos casos cuando a la persona le otorgan una entrada bajo dispensa (parole), entonces podría solicitar un permiso de empleo, pero si le dan entrada en su propio nombre o bajo fianza, no. En ese caso solo podría pedir un permiso de empleo después de transcurrido 1 año desde la fecha de la aplicación.
Consulte siempre con abogados de inmigración licenciados en los Estados Unidos sobre su situación individual. Únicamente abogados licenciados en algún estado de los EE. UU. pueden dar asesoramiento en materia de inmigración. Los notarios y abogados extranjeros NO son abogados en los EE. UU. y no están autorizados a proveer asesoría legal de inmigración ni a
representar a nadie en algún proceso.