
El concepto de carga pública es algo que ha existido en los Estados Unidos (EEUU) por mas de 100 años y representa un causal de inadmisibilidad desde el punto de vista inmigratorio. Cualquier persona inmigrando a los EEUU que de acuerdo a sus circunstancias económicas, esté contando con el apoyo del estado para su subsistencia o sea propenso a convertirse en un carga para el estado, no podrá recibir la residencia permanente o entrar al país. Esto también aplica a los extranjeros que vengan con cualquier visa temporal.
Actualmente, solo se consideran carga pública a quienes requieran de la utilización de ayudas del estado. Específicamente quienes reciban beneficios en dinero o su equivalente, tales como seguro social suplementario en efectivo, programa de asistencia temporal de familias necesitadas (TANF), o cuidados médicos prolongados como asilos de ancianos a expensas del gobierno.
Cuando una persona aplica a la residencia permanente deberá demostrar que no es ni se convertirá en carga pública luego de recibir la residencia. Para ello es requerido ejecutar una declaración jurada de soporte financiero por parte del peticionante o de cualquier otra persona que le ofrezca garantías al estado de que el beneficiario no se convertirá en carga para el estado.
En una propuesta de 447 páginas, el gobierno está buscando expandir la interpretación del concepto de carga pública. Esto lo hace sin la necesidad de cambiar la ley, sino a través de la implementación de políticas de estado en la aplicación de leyes existentes. Por esta razón no se requiere ir a través del proceso legislativo, sino simplemente cumplir con lo establecido en la ley de procedimientos administrativos, el cual requiere su publicación y apertura de un periodo de comentarios por 60 días. En este momento nos encontramos dentro de ese período, el cual vence el 21 de Noviembre de 2018. La propuesta puede cambiar durante el período mismo antes de que sea publicada la versión final.
De aprobarse esta propuesta en los términos iniciales, penalizaría a quienes hayan recibido beneficios en efectivo que excedan el 15% de su ingreso anual. También si se recibieron beneficios no-monetarios por un período de más de 9 meses en los últimos 36 meses. En estos incluimos los planes de asistencia nutricional (SNAP, WIC), Medicaid, programa de seguros médicos del estado (CHIP, SCHIP), plan de asistencia de viviendas (sección 8), asistencia de energía (LIHEAP), hospitalizaciones de largo término.
Quienes obtuvieron las ayudas para sus hijos americanos, no serán afectados. Tampoco quienes hayan comprado un seguro a través del programa de Obamacare, o recibido ciertos beneficios como el programa de ayuda federal para personas mayores, sobrevivientes y beneficios por incapacidad. Tampoco afectará a quienes hayan recibido beneficios de desempleo, asistencia de emergencia por desastres (FEMA), beneficios de veteranos, pensiones del gobierno, seguro médico para empleados del gobierno, compensación de empleados (workers’s comp), o si los beneficios recibidos no excedan el 3% del ingreso familiar anual.
Sin embargo, recordemos que esto es sólo el lenguaje de propuesta inicial que podrá ser modificado dentro del período de comentarios y antes de su publicación. También es importante aclarar que, de aprobarse, no afectará de manera retroactiva a quienes hayan obtenido beneficios pasados, sino a quienes reciban beneficios a partir de los 60 días siguientes a su publicación oficial. Esto sólo afecta a quienes aplican a la residencia permanente o a visas temporales, pero no a los aplicantes de ciudadanía, siempre y cuando no hayan mentido para hacerse elegibles de recibir el beneficio.
Consulte siempre con abogados de inmigración licenciados en los EEUU, quienes son los profesionales que se encuentran legalmente facultados y poseen el conocimiento adecuado para realizar determinaciones legales de elegibilidad. Si desea analizar o consultar su situación inmigratoria individual con el autor, debe llamar al 713-532-2110 y concertar una cita. www.abogadolatinohouston.com