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Finalmente, luego de muchos años de lucha, y gracias a esta nueva Administración con un tono inmigratorio más humano, se le ha concedido el TPS (Temporary Protected Status) a los venezolanos. Se estima unos 323,000 venezolanos presentes en los EE.UU. serían elegibles para este beneficio.
Primordialmente, consiste en otorgarle una protección a los venezolanos elegibles contra la deportación por un periodo de 18 meses dentro de los cuales podrá recibir un permiso de empleo y de viaje. Es importante recalcar que este es un beneficio individual, el cual solo ampara a ciertos venezolanos físicamente presentes al día de la designación (08 de marzo de 2021). Cada miembro de la familia deberá realizar una aplicación separada, ya que no hay estatus derivativo en el TPS.
Son elegibles para aplicar, los venezolanos, que además de cumplir con el requisito de presencia física, no posean antecedentes penales que involucren un delito mayor (felony), o 2 delitos menores (misdemeanor). Otro aspecto importante de elegibilidad es el de no haberse reubicado firmemente en un tercer país antes de haber venido a los EE.UU.
Por reubicación firme puede entenderse el haber recibido o ser elegible para recibir una residencia permanente, o un estatus que, aunque no-permanente, pueda extenderse indefinidamente tales como asilo, refugiado, o cualquier otro excepto turista.
También, de acuerdo con la más reciente definición de “reubicación firme” en un tercer país, podría entenderse como una persona que simplemente haya residido voluntariamente por 1 año o más en dicho país sin haber sufrido persecución ni tortura.
El periodo inicial de registro comenzó a partir del 09 de marzo de 2021 y solo por 180 días hasta el 05 de septiembre de 2021. Se le recomienda a todo aquel venezolano elegible al TPS, que complete su registro con el fin de proteger su permanencia en los EE.UU. El TPS si proporciona un estatus legal de no-inmigrante de acuerdo a ley, mientras que una acción diferida de venezolanos (DED) no.
Aun cuando poseer doble nacionalidad no constituye un impedimento “per se”, es importante que el aplicante no venga de vivir en el país de dicha segunda nacionalidad, o cualquier otro país diferente a Venezuela al cual se le pueda atribuir un reasentamiento o reubicación firme.
Es importante mencionar que el TPS no cancela ni interfiere con una aplicación de asilo afirmativa pendiente con la oficina de asilos de USCIS. Ambos procesos pueden ir en paralelo. El caso de asilo será procesado y decidido normalmente. La gran ventaja es que, si el asilo no es aprobado, la persona no será enviada a la corte de inmigración para enfrentar un juicio de deportación.
Uno de los beneficios más significativos del TPS es que le proporciona un estatus legal al aplicante, cosa que un asilo afirmativo pendiente no. Ahora bien, si el aplicante se encuentra enfrentando ya un proceso de deportación, también puede aplicar y recibir estatus de TPS, el cual le servirá potencialmente para solicitar el cierre del caso frente al juez. También aquellos que tengan órdenes de deportación podrán aplicar y recibir un estatus de TPS, ya que ello no es impedimento.
Otro beneficio poco conocido es que además de congelar la acumulación de tiempo de presencia ilegal, también congela el “reloj” del asilo. Es decir, congela el año que tiene una persona para aplicar a un asilo en los EE. UU. Así que si una persona en vez de aplicar al asilo dentro del primer año de su llegada al país, aplica al TPS, el término de 1 año para presentar la solicitud de asilo se detiene durante todo el tiempo que el TPS esté vigente.
Si algún día se termina el TPS, la persona regresara al mismo estatus que tenía al momento de aplicar siempre y cuando este no haya vencido. Pero lo mas importante es que aún estará la persona a tiempo de presentar su solicitud de asilo. Es por ello que el aplicar a un TPS es lo más recomendable en casi todos los casos.
Hay que tener en cuenta que el periodo de registro es solo de 180 días, y que una vez vencidos, solo podrá realizarse el registro tardío bajo algunas estrechas excepciones. El costo para aquellos en edades comprendidas entre los 14 y 65 años es de $545, el cual incluye $50 por el TPS + $410 por el permiso de empleo + $85 por el servicio de huellas.
Es muy importante que consulte con un abogado de inmigración que esté debidamente licenciado en los Estados Unidos. Para consultas individuales de elegibilidad al TPS, debe llamar al 713-532-2110 o escribirnos al email [email protected] .