
En seis de los informes el CNE pide que se declaren “sin lugar” los recursos de las objeciones en el caso de los diputados de Amazonas, Yaracuy, Aragua y el de la Región Sur indígena. En cuanto a los parlamentarios del estado Falcón, como aún no ha sido admitido por el máximo tribunal, el Poder Electoral pide que se considere inadmisible y, en caso de que se admita, que también se declare sin lugar.
El argumento de la Consultoría Jurídica del organismo electoral es el mismo en todos los casos: la alta cantidad de votos nulos no constituye motivo para suspender un acto de votación ni evidencia que se irrespetó la voluntad de los electores.
“La denuncia de emisión de votos nulos sin importar su cantidad, no es una circunstancia capaz de anular las elecciones de diputados a la Asamblea Nacional”, señala el documento que se refiere a la circunscripción 3 de Aragua.
El texto agrega que “los votos nulos, desde el punto de vista conceptual y teórico, expresan una opinión que debe ser respetada, por lo que no puede pretender convertirse en un alegato para impugnar elecciones”.
El texto agrega que “los votos nulos, desde el punto de vista conceptual y teórico, expresan una opinión que debe ser respetada, por lo que no puede pretender convertirse en un alegato para impugnar elecciones”.
El Consejo Nacional Electoral de Venezuela aseguró que “la denuncia de emisión de votos nulos sin importar su cantidad, no es una circunstancia capaz de anular las elecciones de diputados a la Asamblea Nacional”.
EV Houston / Foto: Referencial



