
Las autoridades sanitarias de México autorizaron hoy el consumo de marihuana con fines recreativos a cuatro ciudadanos identificados como Juan Francisco Torres Landa, Josefina Ricaño de Nava, Pablo Girault y Armando Santacruz que ganaron un amparo presentado ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La Secretaría de Salud detalló en un comunicado que la autorización permite a los cuatro amparados “sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar y consumir marihuana con fines recreativos”.
En ningún caso, apuntó, los permisos “comprenden la realización de actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiera a la enajenación y/o distribución de marihuana”.
Además, explicó que el consumo de la hierba no debe afectar a terceros, por lo que “no podrá realizarse en presencia de menores, mujeres embarazadas y, en general, en lugares públicos donde se encuentren terceros que no hayan brindado su autorización”.
La autorización fue emitida por “tiempo indeterminado” por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), “en cumplimiento estricto a la sentencia dictada por la SCJN el pasado 4 de noviembre de 2015”.
Aunque han sido beneficiados por el fallo del alto tribunal, los cuatro promotores del amparo han dejado en claro que no son consumidores.
La presentación del amparo tenía como finalidad obligar al Poder Judicial a pronunciarse sobre el tema y detonar un cambio en la actual estrategia contra las drogas.
Si bien el fallo solo aplica para estos cuatro ciudadanos -los demás deberán presentar sus propios amparos hasta que la SCJN emita cuatro criterios más en el mismo sentido para sentar jurisprudencia-, el Congreso tendrá que legislar en consecuencia.
La Cofepris reiteró hoy que “la marihuana sigue siendo una sustancia ilegal y su siembra, cultivo, cosecha, transporte, venta y suministro están prohibidas y penadas”, no así la posesión de hasta cinco gramos de hierba para uso personal gracias a una reforma aprobada en 2009.
EFE / Foto: EFE