
Hoy se celebra en Venezuela el llamado Grito de Independencia, un acontecimiento ocurrido en la Caracas de 1810 cuando comenzó un movimiento que condujo a la firma de la independencia de España al año siguiente y las posteriores guerras emancipadoras.
Este fue el primer gesto de las colonias españolas en América de su tipo y que sirvió de inspiración para que los demás territorios se sumaran a la causa.
Aunque los textos escolares venezolanos tradicionalmente han afirmado que el 19 de abril de 1810 se inició el proceso independentista nacional, los historiadores advierten que aquella fecha no debería ser reverenciada como sinónimo de autonomía, por el contrario, fue un símbolo de adherencia al imperio español. ¿Cuál es la verdad de aquella fecha? ¿Realmente los venezolanos festejan un día que simboliza la dependencia a la monarquía española?
La página web de la Universidad Central de Venezuela (Patrimonio de la Humanidad, Unesco 2000) publica un interesante análisis histórico sobre las causas que originaron el movimiento del 19 de abril de 1810, con el fin de dilucidar la realidad y comprender los acontecimientos que precipitaron la independencia venezolana y americana.
Recientemente se han planteado nuevas interpretaciones, las cuales señalan que, si bien es cierto que los hechos que ocurrieron el 19 de abril de 1810 desencadenaron en un proceso que condujo a la declaración de la independencia absoluta de España el 5 de julio de 1811, también es cierto que no se puede asegurar que este haya sido el propósito inicial de los participantes en los acontecimientos de aquel jueves santo.
Quienes así piensan, consideran que lo que se planteó hace 200 años fue una vocación autonomista frente a la crisis que vivió la monarquía española a partir de 1808, producida por el amenazador control de la península por parte de las fuerzas militares francesas al mando de Napoleón Bonaparte, la ilegitimidad del Consejo de Regencia y la desigual representación de las Cortes Generales y Extraordinarias de 1810, sin que ello representara o tuviese como aspiración romper con los vínculos del rey legítimo de España e Indias, Fernando VII.
Esta interpretación no se refiere únicamente a los hechos ocurridos en Caracas y las principales ciudades de la Capitanía General de Venezuela, sino que permitiría explicar el movimiento juntista y las diferentes manifestaciones de adhesión y lealtad que se expresaron en la mayoría de las provincias americanas entre 1808 y 1810, como respuesta a la disolución de la Junta Suprema Central –que contemplaba la participación de representantes americanos– y al establecimiento del Consejo de Regencia. Ideas que mantienen además, una estrecha relación con el discurso pactista que se había plasmado en 1808 y que se retoma nuevamente dos años más tarde, según el cual, en ausencia del Rey, la soberanía regresa a los pueblos, de allí que las juntas americanas se declaran defensoras de los derechos de Fernando VII.
El propósito de este trabajo, es brindar a los jóvenes de nuestro país en el marco de la conmemoración de los bicentenarios de la independencia nacional, un libro de carácter informativo que complemente y profundice aspectos desatendidos por la historiografía tradicional, concerniente al 19 de abril de 1810, fecha en la cual se constituyó un nuevo gobierno que buscaba controlar a la provincia y satisfacer demandas de una mayor participación política y libertades económicas, pero en el contexto de una profunda crisis de la monarquía española, de la cual formábamos parte desde hacía 300 años, sin que ello, al menos en ese momento, tuviese como propósito inmediato la declaración de la independencia absoluta de España, acontecimiento que ocurrió unos meses más adelante: el 5 de julio de 1811.
Pero ¿Qué pasó el 19 de abril de 1810? , esta interrogante será respondida a través de un recorrido que haremos por los diferentes sucesos previos, tanto los ocurridos en la península como en la Capitanía General de Venezuela, a la vez que detallaremos lo acaecido el propio día. Para ello presentaremos dos capítulos: Crisis de la monarquía española (1808-1810) y Del juntismo a la independencia absoluta en Venezuela , en los cuales desglosaremos de manera detallada los aspectos aquí señalados.
¿Qué pasó el 19 de abril de 1810? Reflexiones, mitos y verdades en torno a una fecha.
Por: Ángel Almarza y Rosangel Vargas
26 de enero de 2010
En torno al 19 de abril de 1810, los historiadores y estudiosos de la materia han creado las más diversas y controversiales interpretaciones acerca de lo que ocurrió ese día. La más conocida y difundida, es aquella que nos enseñan en las aulas de clase de los colegios: el 19 de abril de 1810 se inició el proceso de independencia de Venezuela, razón por la cual cada año lo celebramos como una fiesta nacional.
Más recientemente se han planteado nuevas interpretaciones, las cuales señalan que, si bien es cierto que los hechos que ocurrieron el 19 de abril de 1810 desencadenaron en un proceso que condujo a la declaración de la independencia absoluta de España el 5 de julio de 1811, también es cierto que no se puede asegurar que este haya sido el propósito inicial de los participantes en los acontecimientos de aquel jueves santo.
Quienes así piensan, consideran que lo que se planteó hace 200 años fue una vocación autonomista frente a la crisis que vivió la monarquía española a partir de 1808, producida por el amenazador control de la península por parte de las fuerzas militares francesas al mando de Napoleón Bonaparte, la ilegitimidad del Consejo de Regencia y la desigual representación de las Cortes Generales y Extraordinarias de 1810, sin que ello representara o tuviese como aspiración romper con los vínculos del rey legítimo de España e Indias, Fernando VII.
Esta interpretación no se refiere únicamente a los hechos ocurridos en Caracas y las principales ciudades de la Capitanía General de Venezuela, sino que permitiría explicar el movimiento juntista y las diferentes manifestaciones de adhesión y lealtad que se expresaron en la mayoría de las provincias americanas entre 1808 y 1810, como respuesta a la disolución de la Junta Suprema Central –que contemplaba la participación de representantes americanos– y al establecimiento del Consejo de Regencia. Ideas que mantienen además, una estrecha relación con el discurso pactista que se había plasmado en 1808 y que se retoma nuevamente dos años más tarde, según el cual, en ausencia del Rey, la soberanía regresa a los pueblos, de allí que las juntas americanas se declaran defensoras de los derechos de Fernando VII.
El propósito de este trabajo, es brindar a los jóvenes de nuestro país en el marco de la conmemoración de los bicentenarios de la independencia nacional, un libro de carácter informativo que complemente y profundice aspectos desatendidos por la historiografía tradicional, concerniente al 19 de abril de 1810, fecha en la cual se constituyó un nuevo gobierno que buscaba controlar a la provincia y satisfacer demandas de una mayor participación política y libertades económicas, pero en el contexto de una profunda crisis de la monarquía española, de la cual formábamos parte desde hacía 300 años, sin que ello, al menos en ese momento, tuviese como propósito inmediato la declaración de la independencia absoluta de España, acontecimiento que ocurrió unos meses más adelante: el 5 de julio de 1811.
Pero ¿Qué pasó el 19 de abril de 1810?, esta interrogante será respondida a través de un recorrido que haremos por los diferentes sucesos previos, tanto los ocurridos en la península como en la Capitanía General de Venezuela, a la vez que detallaremos lo acaecido el propio día. Para ello presentaremos dos capítulos: Crisis de la monarquía española (1808-1810) y Del juntismo a la independencia absoluta en Venezuela, en los cuales desglosaremos de manera detallada los aspectos aquí señalados.
CAPÍTULO I
CRISIS DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA (1808-1810)
La desintegración de la monarquía española a raíz de las abdicaciones reales que se dieron en la ciudad francesa de Bayona en mayo de 1808, desencadenaron una serie de acontecimientos que culminaron con el establecimiento de nuevas formas de representación política en el mundo ibérico. Una de ella fue la formación de juntas de gobiernos locales en España, así como sus intentos en los territorios de América, las cuales invocaron el principio legal según el cual, en ausencia del rey la soberanía recaía en los pueblos. Tales formas de representación llevaron a la creación de la Junta Suprema Central y Gubernativa del Reino, instancia que proporcionó una solución a la crisis de la monarquía ante la invasión francesa, y que reconoció los derechos de las provincias españolas y americanas.No obstante, ante el fracaso político y militar que representó la Junta Suprema Central y Gubernativa del Reino a principios de 1810, como consecuencia del avance francés sobre Andalucía, se disolvió y se estableció en su lugar el Consejo de Regencia, instancia que no fue reconocida por buena parte de las provincias españolas americanas, razón por la cual se dio paso a su vez, a la conformación de juntas supremas conservadoras de los derechos de Fernando VII, las cuales asumirían la soberanía interina hasta el regreso del monarca; sin embargo, meses más tarde estas instituciones radicalizaron sus acciones políticas hasta la declaración de independencia absoluta de España, dándose inicio así, al largo y complejo proceso emancipador de los americanos y el comienzo de la construcción de los estados nacionales.
DOS REYES UNA MONARQUÍA. DE LA INVASIÓN NAPOLEÓNICA A LAS
ABDICACIONES DE BAYONA.
1808 fue para España un año de gran inestabilidad política, pues tuvieron lugar una serie de acontecimientos que vinieron a poner en peligro el gobierno de la monarquía española. El primero de esos sucesos se produjo la noche del 17 de marzo, y es conocido como el motín de Aranjuez; siete semanas más tarde tuvieron lugar los levantamientos del 2 de mayo en la ciudad de Madrid; y sólo tres días después se producen las abdicaciones de Bayona.Como mencionamos, el primer acontecimiento tuvo lugar en una población española de nombre Aranjuez. Las razones que hicieron desencadenar la revuelta fueron varias: una de ellas tuvo que ver con las consecuencias de la derrota en la batalla de Trafalgar (cabo de Trafalgar, provincia de Cádiz–España), ofensiva que se llevó a cabo en octubre de 1805, y que tenía como objeto la invasión de las islas británicas por parte de Napoleón Bonaparte. Este enfrentamiento se hizo entre los aliados Francia–España y la armada británica. Otra razón está relacionada con el descontento popular y las intrigas de la Corte, donde se había creando un núcleo opositor en torno al futuro Fernando VII, formado por aristócratas recelosos del poder del primer ministro Manuel Godoy, el Príncipe de la Paz, y escandalizados por la supuesta relación que mantenía éste con la reina María Luisa de Parma.
Una tercera causa fue la presencia de tropas francesas en la península, en virtud del Tratado de Fontainebleau, y con el cual se fueron ocupando diversas localidades españolas. Este convenio fue firmado entre España y Francia el 27 de octubre de 1807, y con él, Napoleón Bonaparte estableció la forma como debía efectuarse la invasión y dominio de Portugal y su posterior partición; sin embargo, para ello necesitaba que el ejército francés entrara en territorio español para que pudieran continuara su marcha hacia Lisboa.
Este movimiento de tropas alarmó a Godoy, y en marzo de 1808, temiéndose lo peor, sugirió a la familia real que se retirara a Aranjuez para que en caso de alguna necesidad, pudieran seguir camino hacia el sur y embarcarse hacia América, como lo había hecho el rey Juan VI de Portugal. El 17 de marzo, tras correr por las calles de Aranjuez el rumor del viaje de los reyes, partidarios del príncipe se aglomeraron frente al Palacio Real y asaltaron la casa de Godoy, quien logró esconderse durante dos días, luego de los cual fue encontrado y trasladado hasta el Cuartel de la Guardias de Corps donde permaneció prisionero por casi un mes, hasta que fue trasladado a Francia por orden de Napoleón.
Los seguidores del príncipe Fernando, prolongaron el motín de Aranjuez durante dos días, lo que llevo a que el 19 de marzo el rey Carlos IV, tomara la decisión de ceder el trono a su hijo; es así como en horas de la tarde abdica y el príncipe de Asturias se convirtió en el rey Fernando VII, quien volvió a la corte donde fue aclamado por el pueblo de Madrid.Unas semanas más tarde, tuvieron lugar los levantamientos del 2 de mayo de 1808 en Madrid, surgidos por la protesta popular ante la situación de incertidumbre política generada tras el motín de Aranjuez. Estas protestas, llevadas a cabo ante el Palacio Real, fueron reprimidas por las fuerzas napoleónicas presentes en la ciudad desde el 23 de marzo, bajo el mando de Joaquín Murat, quien no conforme con haber calmado el levantamiento, se planteó controlar la administración y el ejército español, a la vez de aplicar un riguroso castigo a los rebeldes para que sirviera de escarmiento a los españoles. El mismo día del 2 de mayo firmó un decreto con el cual creó una comisión militar que sentenciaría a muerte a todos aquellos que habían sido capturados en el alzamiento; y el Consejo de Castilla publicó una proclama en la que se declaró ilícita cualquier reunión en sitios públicos y se ordenó la entrega de todas las armas, blancas o de fuego.
Finalmente, entre el 5 y el 6 de mayo de 1808 en el castillo de Marracq de la ciudad francesa de Bayona, tuvieron lugar los acontecimientos conocidos como las abdicaciones de Bayona, en las cuales se llevaron a cabo una serie de renuncias sucesivas: en primer lugar el rey Fernando VII devuelve la corona a su padre Carlos IV, éste lo hace a favor de Napoleón, y por último, el emperador francés la concede a su hermano José, quien reinaría con el nombre de José I a partir del 7 de julio de 1808 después de jurar la nueva Constitución y de recibir, acto seguido, el juramento de fidelidad de los componentes de la junta española de Bayona. Llegó a Madrid el 20 del mismo mes, y gobernó hasta junio de 1813.
La ausencia del monarca legítimo, la imposición de una dinastía extranjera, la sublevación popular contra Napoleón y la guerra que siguió a ésta, llevaron a los españoles peninsulares y americanos a plantearse como nunca antes una serie de cuestiones políticas cruciales, de cuya solución dependía la expulsión del ejército invasor y más tarde, la recuperación de la nación. La respuesta práctica que los españoles dieron a este problema fue la creación de juntas, que empezaron a formarse en cuanto se esparcieron las noticias de lo ocurrido en Madrid y Bayona.
¿QUIÉN GOBIERNA ESPAÑA?
DE LA JUNTA SUPREMA CENTRAL A LA
CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DE REGENCIA.El juntismo marca el inicio de la nueva era política que se abre para España y América en 1808, ya que son ellas las que encarnan la soberanía popular, concepto político que simboliza y contiene el germen de los cambios que los liberales españoles pretenderán instaurar un poco más adelante. Las juntas se convirtieron en las instancias donde el poder político español se reconstituyó, y en el cual la doctrina de la soberanía del pueblo encontró su única materialización política.
A partir del desconocimiento del gobierno central de Madrid por parte de la Junta General del Principado de Asturias el 9 de mayo de 1808, y su declaración de guerra a Francia dos semanas más tarde, el número de juntas aumentó considerablemente; el discurso utilizado se mueve dentro de un registro de tipo tradicional: obligación política como compromiso personal con el rey Fernando VII, defensa de la religión y de los usos y costumbres.
Durante estos primeros meses de la crisis, las noticias de lo sucedido en la península empezaron a llegar a las diferentes regiones americanas. La distancia que las separaba de la metrópoli determinó que algunas, dependiendo de las novedades recibidas en un cierto momento, se vieran más afectadas que otras.
Además, sólo la Junta de Sevilla fue capaz de enviar comisionados a todos los territorios importantes, mientras que la de Oviedo los envió únicamente al Virreinato de la Nueva España; no obstante, el objeto de ambas era obtener la lealtad de los americanos a Fernando VII a través de su reconocimiento como representantes privilegiadas de las demás juntas peninsulares.Por otra parte, los emisarios de Napoleón Bonaparte y su hermano José, estaban activos en toda la América española recibiendo órdenes, tanto del Consejo de Castilla como del Consejo de Indias, de acatar al nuevo monarca. Esta situación contribuyó a crear un ambiente sumamente confuso para los americanos y fomentó la sensación de desamparo que manifiestan a partir de ese momento.
Al poco tiempo de conocerse las noticias peninsulares, los cabildos proponen la creación de juntas que asumieran el gobierno interino en nombre del rey Fernando VII. El fidelismo americano contenido en las propuestas para constituir juntas era aparentemente tradicionalista, pero no lo resultaba tanto en sus posibles consecuencias pues contenían los gérmenes de una actitud autonomista y así lo percibieron las juntas peninsulares, por lo que se opusieron a la formación de juntas en América, argumentando, entre otras cosas, la inexistencia de una situación de guerra.El 25 de septiembre de 1808, se formó en Aranjuez la Junta Suprema Central Gubernativa del Reino, integrada por dos vocales de cada una de las dieciséis juntas locales establecidas en las capitales de las provincias peninsulares hasta ese momento. Su conformación constituyó el primer paso institucional del gobierno que regirá los destinos de España hasta 1810, fecha cuando se disuelve y se constituye el Consejo de Regencia que supeditada a las Cortes Generales y Extraordinarias, y que pasó a constituirse en el gobierno que funcionó hasta el regreso del rey Fernando VII.
La Junta Suprema Central Gubernativa representaba a toda la nación, y a la vez representa también al rey, o al menos a la permanencia de su poder. Se trata, en todo caso, de una institución inédita en España por diversos motivos: su origen (poder popular delegado), su forma (35 miembros iguales entre sí) y sus fines (asumir la totalidad de los poderes soberanos).
En lo que respecta a América, la Junta Suprema Central Gubernativa representa el primer intento de llevar a los territorios ultramarinos por una senda política que rompía de manera radical con los moldes que habían regido las relaciones entre la metrópoli y sus provincias durante casi 300 años. El 22 de enero de 1809 la Junta Suprema Central publicó el decreto mediante el cual convocó a los americanos a elegir a los diputados que, como representantes de América, formarían parte de la misma. Las implicaciones de esta disposición fueron múltiples, pero se trata sin duda de uno de los acontecimientos claves del proceso revolucionario, ya que abre por primera vez el debate de la igualdad política entre los españoles peninsulares y americanos.
A raíz de este documento, el problema de la representación, que en la península había sido parcialmente resuelto con la instalación de la Junta Suprema Central, se convirtió en América en el punto alrededor del cual girarán todos los temas políticos fundamentales, así como las diferencias esenciales entre los españoles americanos y peninsulares. El decreto es una declaración solemne de igualdad política que, sin embargo, contenía algunos elementos que la negaban: el tono empleado, la utilización de los términos colonias y factorías; además de la escasa representación que se adjudicaba a los diputados americanos (9 frente a 36 peninsulares), a pesar de que se estimaba que la población americana era mayor a la peninsular.
La trascendencia del decreto es fundamental, no sólo porque en términos teóricos abre el debate sobre la igualdad entre España y América, sino también porque en términos prácticos dio origen a una serie de documentos, poderes e instrucciones, que son de enorme valor para conocer y comprender la cultura política de los territorios americanos en aquel momento y sobre todo, porque desencadena por primera vez en el mundo hispánico, una serie de procesos electorales. Pero además, este decreto plantea otra cuestión de singular importancia: la centralización política que conllevaba la convocatoria a elecciones, privando al juntismo americano de su razón de ser, al absorber la Junta Suprema Central todo el poder que las juntas de este lado del Atlántico intentaban asumir.
Durante buena parte de 1809 se realizaron las elecciones de diputados en las provincias americanas que formarían parte de la Junta Suprema Central. Aunque la gran mayoría de los seleccionados no pudieron llegar a la península como consecuencia de la disolución de esta instancia de poder, este proceso eleccionario representó un considerable paso en la formación de un gobierno representativo moderno. A pesar de esta decisión de ampliar la representación, siempre quedó la idea entre los principales miembros de la Junta Suprema Central, que la única manera de lograr una verdadera legitimidad era a través de la convocatoria de Cortes Generales del Reino, y sobre este tema discutieron reiteradamente hasta la fecha de su disolución, en enero de 1810.La profunda mutación ideológica que la España peninsular vivió y transmitió de una u otra manera a América entre 1808 y 1810 terminaría por distanciarlas. En el mismo momento en que la España inició su transición de manera abrupta y contradictoria en muchos sentidos hacia un régimen distinto, América plantea una relación con la metrópoli sobre bases completamente diferentes a las que en la práctica, habían imperado entre ellas durante casi trescientos años. Al contacto con los principios que guiaban la transición peninsular, poco después surgirán en los territorios americanos, que eran en muchos aspectos todavía más tradicionales, los primeros movimientos autonomistas exitosos.
REACCIONES AMERICANAS. LEALTAD FIDELIDAD Y PATRIOTISMO.
Al conocerse en los territorios americanos las noticias de lo que ocurría en España, las reacciones no se hicieron esperar: lealtad a Fernando VII y a la monarquía española, y de rotundo rechazo a la usurpación francesa dirigida por Napoleón Bonaparte, fue la respuesta inmediata que dieron sus habitantes. Vale destacar que la reacción que se produjo fue semejante a la que se dio en la península, específicamente en lo que se refiere al lenguaje, temas y valores de referencia que se discutieron en las reuniones que se llevaron a cabo.No obstante, a pesar del derrumbe de las instituciones y del aparato político de la monarquía española, de la situación de vacío de poder que produjo la ausencia del rey, del desconocimiento generalizado de las autoridades constituidas y la disgregación del poder en numerosas juntas provinciales, en los territorios americanos no ocurrió ningún movimiento sino hasta mediados de 1808, y se dieron con el objeto principal de demostrar fidelidad y patriotismo hacia el rey y la monarquía española, lo que evidenció además, la firme y arraigada tradición de lealtad a la corona.
La exaltación patriótica que se desprende de todos los impresos peninsulares y americanos, así como de las ceremonias cívicas, está fundamentada esencialmente en valores antiguos: fidelidad al rey, defensa de la religión, de las costumbres y de la patria. En palabras del historiador francés François-Xavier Guerra: “los vínculos personales de vasallaje para con el rey y la identificación del catolicismo a lo español, que había sido durante siglos elementos esenciales de la unidad de la Monarquía, continúan siendo totalmente operativos”. En cada caso, las manifestaciones de lealtad se inscriben dentro de la tradición, y recurrieron al sistema de representaciones del imaginario político del Antiguo Régimen.
Las fuentes americanas muestran el mismo patriotismo exaltado, representado en la figura del rey Fernando VII, y la misma determinación de resistencia al invasor francés que la península. Los temores de algunos peninsulares de que América reconociera a Napoleón Bonaparte, van a ser inmediatamente desmentidos, pues los americanos rechazaron las abdicaciones y declararon su condición de españoles y de patriotas, tal y como lo demuestran los ejemplos que veremos a continuación.
El Virreinato de la Nueva España conoce la renuncia de Carlos IV el 9 de junio de 1808, y el 16 de julio llegan las noticias que anuncian las abdicaciones de Bayona. Una semana más tarde se conoció el levantamiento producido en Madrid el 2 de mayo, la creación de las juntas y el apoyo de los ingleses a la causa española. Inmediatamente el pueblo manifestó su apoyo a Fernando VII, así como su oposición al invasor; para ello en la capital y en las ciudades principales, efectuaron celebraciones en honor al rey y a la monarquía española, a la vez que el retrato del monarca fue colocado en el balcón y el pueblo solicitó pasearlo en triunfo por las calles de la ciudad con el mayor entusiasmo.
Reacción similar se dio en el Virreinato del Río de la Plata una vez que llegaron en julio de 1810, las noticias de la situación que se vivía España. En tal sentido, el ayuntamiento de Buenos Aires y el del resto de las ciudades que conformaban el virreinato, propusieron el rechazo a Napoleón y que se gobernara en nombre de Fernando VII; sin embargo, el virrey Santiago de Liniers y Bremond, vaciló e insistió en que se aguardara la llegada de más noticias provenientes de España o de otras regiones de América.
A mediados de agosto llegó un representante de Napoleón Bonaparte, quien fue despreciado por las autoridades y por el pueblo de Buenos Aires. A finales del mismo mes, la princesa Carlota Joaquina de Braganza, hermana de Fernando VII y esposa del príncipe regente de Portugal, lanzó una proclama desde Río de Janeiro en la que aseguraba que era regente de España e Indias, y que gobernaría en nombre de su encarcelado hermano. No obstante, si se reconocía como regente el Río de la Plata quedaría subordinado a la corona portuguesa, por lo cual las autoridades decidieron realizar el 21 de agosto de 1808, la jura de Fernando VII.
Por su parte, en el Virreinato del Perú las noticias llegaron en los primeros días del mes de octubre. La jura se llevó a cabo sin mayores debates ni alteraciones el 13 del mismo mes. En Nueva Granada los informes llegan de manos del enviado de la Junta de Sevilla, Juan José de Sanllorente, quien había desembarcado en Cartagena el 6 de agosto, y llegado a la ciudad de Santa Fe de Bogotá a principios de septiembre. Su misión era la de obtener el reconocimiento del monarca. En Santa Fe de Bogotá la jura del rey Fernando VII se realizó con el lujo y el ceremonial de rigor. Al recibir las noticias de la Junta de Sevilla, se procedió a la jura, a recoger los donativos y se publicó un bando donde se informaba las últimas noticias. El 11 de septiembre se llevó a cabo la ceremonia, se adornaron los balcones, puertas y ventanas y se colocó el retrato del rey.
El ayuntamiento de Santiago de Chile hizo clara su posición en septiembre de 1808 al declarar “la lealtad de los habitantes de Chile en nada degenera de la de sus padres, que a costa de su heroica sangre sacaron este país del estado de barbarie en que se hallaba, y uniéndolo al imperio español, lo civilizaron, poblaron e hicieron religioso […] sólo queremos ser españoles y la dominación de nuestro incomparable rey”. En Chuquisaca el arzobispo promovió rogativas y procesiones para orar por el rey cautivo, y se colocaron edictos en las puertas de las iglesias solicitando limosnas por la salvación del monarca.
El 25 de septiembre de 1808 se realizó la jura del monarca; dos días más tarde se celebró una misa y las autoridades de la ciudad mandaron a que se acuñara una moneda alusiva al acto de jura. En Cochabamba la jura se realizó el 2 de octubre y en la ciudad de La Paz el día del mismo mes. Al día siguiente se hicieron corridas de toros para celebrar el natalicio del nuevo rey Fernando VII. La homogeneidad de la respuesta americana evidencia la fortaleza, coherencia y unidad del imperio español, consolidado tras trescientos años de construcción y arraigo de un sistema de prácticas y valores comunes que abarcaban todas las instancias de la sociedad.
Es así como las ceremonias de la jura de Fernando VII, las representaciones de los cabildos y los pronunciamientos en favor del monarca y rechazo a la usurpación francesa, se inscriben dentro de los códigos y fundamentos del Antiguo Régimen en defensa de la religión, la patria y el rey. Estos actos y pronunciamientos también fueron expresados por las autoridades de la Capitanía General de Venezuela, tal y como veremos en detalle en las páginas que siguen a continuación.
CAPÍTULO II
DEL JUNTISMO A LA INDEPENDENCIA ABSOLUTA EN VENEZUELALas primeras respuestas americanas ante los sucesos peninsulares de 1808, estuvieron caracterizadas por sentimientos y expresiones de lealtad al rey y a la monarquía española; basadas en criterios políticos tradicionales de la relación entre la persona del monarca y el conjunto de reinos y provincias que la conformaban, diferentes entre sí, pero iguales en derechos y deberes.
La legitimidad del sistema prevaleció a pesar de la invasión de Napoleón Bonaparte y las abdicaciones de Bayona, es decir, permaneció la idea de la monarquía en la figura simbólica del rey cautivo. No obstante, aquella convulsión política e institucional que sufría la península, hizo emerger algunas tensiones acumuladas. Como resultado de ello, los sectores privilegiados y políticamente activos, peninsulares y criollos, intensificaron sus recelos y desconfianzas, lo que llevó a tomar posiciones y a dar respuestas efectivas para el control de la situación en las provincias americanas.
En las páginas siguientes veremos que fue a partir de 1810, cuando se incrementaron las manifestaciones reivindicativas y autonomistas en las que la legitimidad de las autoridades españolas quedó en entredicho. Desde este momento además, el problema de la fidelidad y la ruptura insurgente marcó la evolución histórica de los territorios americanos, y la llevó definitivamente hacia su propia identidad regional y posteriormente nacional, esta última lograda con la independencia absoluta de España.
Las declaraciones de lealtad y fidelidad al rey manifestadas por las instituciones municipales, como representantes de los pueblos, reflejan la idea de un vínculo recíproco entre el monarca y el reino que no puede romperse de forma unilateral. Las teorías pactistas, según las cuales el pueblo era la fuente primaria del poder y que su ejercicio lo delegaba en el rey legítimo, hundían sus raíces en el pensamiento desarrollado por la escuela española de derecho natural y racionalista. Estas ideas estuvieron presentes en la justificación de los levantamientos peninsulares, y del mismo modo, persistieron en las manifestaciones de lealtad que se dieron en la América española. En este sentido, la cuestión estaba planteada en los siguientes términos: ausente el rey, cesaban todas las autoridades delegadas y era preciso crear juntas que asumieran la soberanía de manera interina. Sobre estos fundamentos, la doctrina absolutista del origen divino del poder real, desaparecía y la soberanía volvía a los pueblos, representados inicialmente en los cabildos y ayuntamientos.
La existencia de estas instituciones y el establecimiento de juntas en la Capitanía General de Venezuela, revela hasta qué punto las doctrinas pactistas fueron invocadas para afrontar la crisis peninsular de 1808, derivada de la invasión napoleónica y de las abdicaciones reales en Bayona. Por otra parte, reconocer que los territorios americanos formaban parte de la monarquía española, así como el otorgamiento de representación dentro de las principales instituciones peninsulares, animó a los españoles americanos a demandar mayor autonomía.
Hasta 1810 las respuestas se caracterizaron por la defensa de los derechos del rey Fernando VII, y en aquellos lugares donde las posturas habían sido más radicales, las autoridades pudieron sofocarlas. A partir de ese momento, los cabildos llevaron la iniciativa y protagonismo, convirtiéndose en los actores más importantes en la vida política americana. En este contexto, lo más importante radica en el hecho de que América tomó conciencia de su realidad particular en el marco de la monarquía, y de esta manera y ante la crisis, inició el camino de reasumir su soberanía e independencia.
Los movimientos iniciados en América en 1810, surgieron sobre la base del establecimiento de juntas locales que gobernaban en nombre del rey Fernando VII y que progresivamente fueron derivando hacia posiciones claramente independentistas sobre todo en 1811. El cabildo se apoderó del poder, y como representes de la autoridad, depuso las principales autoridades constituidas. Las juntas americanas fundamentaron sus acciones en los mismos principios que habían defendido las juntas peninsulares dos años antes, pero en este momento se pensó que el gobierno soberano de España había fracasado, asumiendo ante los acontecimientos la reversión de los derechos de la soberanía interina. Su negativa al reconocimiento del Consejo de Regencia estuvo fundada en los mismos principios que animaron a la Junta de Cádiz, y en gran medida, el proceder de ésta sirvió de justificación a la decisión de rechazar sucesivamente la autoridad de la Regencia y posteriormente de las Cortes Generales y Extraordinarias mediante el establecimiento de juntas locales.
En resumen, el análisis de la documentación de la época evidencia que el ideario de 1810, estuvo centrado fundamentalmente en la afirmación del territorio como parte integrante y esencial de la monarquía española, y en la convicción de que en adelante no podía ser considerado como colonia, ni ser objeto de una política absolutista y despótica. El sentimiento de los ayuntamientos fue esencialmente antibonapartistas y fernandistas; sin embargo, estos espacios fueron utilizados para expresar las inquietudes de sus miembros y sus demandas de reformas y cambios.
Incógnitas como: ¿cuál era el pueblo titular de la soberanía?, ¿Qué instituciones debían ejercer el gobierno?, ¿cuál era la naturaleza de dicho poder?, ¿cuál era la mejor manera de obtener la representación de los territorios?, entre otras interrogantes, centraron la atención y las discusiones de los habitantes de estas tierras a partir de ese momento.
¿QUÉ PASÓ EL 19 DE ABRIL DE 1810 EN CARACAS?
Desde los primeros días de 1810, los habitantes de la provincia de Venezuela se encontraban en una situación de angustia e incertidumbre como consecuencia de la falta de noticias peninsulares. A finales del mes de febrero, desembarcaron en el puerto de La Guaira los tripulantes de la goleta Rosa. Inmediatamente se trasladaron a la capital para ofrecer sus mercancías e informar sobre los últimos acontecimientos: el avance de las tropas francesas en Linares y Almadén, y el manifiesto del gobierno español a los habitantes de Sevilla, noticias muy poco alentadoras. Desde ese momento –escribiría posteriormente el intendente de ejército y Real Hacienda Vicente Basadre– “empezó en Caracas un rumor sordo de que España estaba perdida y no dejaron de esparcirse y propagarse estos rumores en todo el mes de marzo, porque no llegaba ningún buque ni noticias de España”.A mediados de marzo, la publicación oficial de la provincia, denominada la Gazeta de Caracas, anunció la reunión de las Cortes Generales y Extraordinarias del Reino, y en entregas sucesivas la Instrucción que debería seguirse para la elección de diputados americanos. Para finales de ese mes, el 29 de marzo de 1810, el capitán general Vicente Emparan y el auditor de guerra José Vicente de Anca, publicaron un bando denunciando las últimas maniobras del “tirano Napoleón” contra la nación española “cuyas armas y perfidia aumentan más y más cada día en la metrópoli el valor y patriotismo”. Asimismo establecieron algunas medidas para identificar y detener los espías franceses “provistos de papeles sediciosos y cartas fingidas de nuestro amado monarca”.
Una semana más tarde, el 7 de abril, Emparan publicó nuevamente un manifiesto reconociendo que el gobierno “ha llegado a entender que corren en esta capital especies muy funestas sobre la suerte de la metrópoli”, pero asegura “que este silencio acredita que los existentes en nuestra península están tranquilos sobre su conservación y la de las América”. Para culminar, hizo un llamado a la calma y esperanza de mejores tiempos “esperemos tranquilos ver la suerte que tiene destinada a nuestro amado Fernando, y a la Madre Patria, que no dudo será favorable, pues por lo que hemos experimentado vamos bien que obra la mano del Todo Poderoso”.
Entre el 12 y 14 de abril llegó a Puerto Cabello el bergantín Palomo, que partió del puerto peninsular español de Cádiz el 3 de marzo, y traía noticias de la toma de Sevilla, del inminente ataque a Cádiz –último bastión de la resistencia española–, de la disolución de la Junta Suprema Central y de la conformación del Consejo de Regencia como autoridad soberana. Esta información llegó a Caracas el 17 de abril y las autoridades fijaron inmediatamente carteles en las calles de la capital recomendando tranquilidad ante los rumores que generaron las nuevas noticias.
El proceso de instalación de la Junta Suprema Conservadora de los Derechos de Fernando VII, establecida el 19 de abril de 1810, se inició con la llegada a Caracas el día anterior de dos emisarios de la recién constituida Regencia, quienes habían sido enviados con el fin de solicitar el reconocimiento de estas provincias. En una ciudad llena de rumores y noticias contradictorias sobre el verdadero estado de la España peninsular, este hecho vino a desatar la presión de algunos jóvenes criollos caraqueños que llevaron al alcalde del ayuntamiento capitalino Martín Tovar Ponte y al regidor Nicolás Anzola a presionar a su vez al vicepresidente del cabildo, José de las Llamozas, para que convocara una sesión extraordinaria para las primeras horas del 19 de abril de 1810.Con esta situación, nuevamente los dos temas más sensibles y complejos del debate que se había producido en los territorios americanos, el de la soberanía y el de la representación política, se convierten en el centro de la discordia que servirá de fundamento, entre muchos otros, a la final decisión emancipadora de mediados de 1811. La opinión generalizada con respecto al tema del ejercicio de la soberanía, remite a cuestionar y rechazar la legitimidad del Consejo de Regencia como depositaria de la soberanía, y en relación con el tema de la representación, será la desigualdad que se presenta en las Cortes Generales y Extraordinarias.
El planteamiento era sencillo, pero al mismo tiempo complejo por su impacto en buena parte de los americanos: si se les había convocado para que participasen en la máxima institución de la monarquía española en calidad de diputados en 1809, proceso que pese a las complicaciones se había realizado en varias capitales de América, no podían informarles que no existía la Junta Suprema Central y que en su lugar se estableció la Regencia como depositaria del rey Fernando VII.
Ante las nuevas noticias provenientes de España, la respuesta de buena parte de los americanos fue el desconocimiento de la autoridad y legitimidad del Consejo de Regencia, y la creación de juntas supremas depositarias de la soberanía y defensoras de los derechos de Fernando VII. Las juntas que se constituyen en 1810 no reconocen a los representantes del poder real, y desconocen la autoridad del Consejo de Regencia; defienden el derecho de reasumir la soberanía al tiempo que rechazan y condenan la desigual representación que se ofrecía a los americanos para participar en las Cortes Generales que se reunirían a finales de ese año en Cádiz.
En la ciudad de Caracas, miembros de las familias principales preocupados por la situación en España, se reunieron en diversas casas durante todo el día 18, mientras que otros recorrían la ciudad para alertar a sus partidarios. Al día siguiente, el 19 de abril de 1810, algunos integrantes del cabildo, entre ellos el alcalde Martín Tovar Ponte, el alférez real Feliciano Palacios Blanco, el síndico procurador Lino de Clemente y los regidores Valentín de Ribas, Nicolás Anzola, Isidoro Antonio López Méndez y Dionisio Palacios, estaban de acuerdo en plantear la necesidad de formar una junta inmediatamente. Otros, como el alcalde José de las Llamozas y el regidor José Hilario Mora, no se oponían abiertamente, pero mostraban cierta inconformidad. El marqués del Toro, Francisco Rodríguez del Toro, coronel de milicias y su hermano Fernando, inspector general, apoyaron desde Valencia el movimiento, al igual que buena parte de la oficialidad de los cuerpos regulares y de las milicias.
No estaba comprometida la jerarquía eclesiástica, pero algunos sacerdotes eran partidarios de la conformación de la junta, como José Cortés de Madariaga y el presbítero Francisco José Ribas, hermano del regidor Valentín de Ribas, y de uno de los más destacados promotores de la revolución y ciudadano del pueblo de Chacao, José Félix Ribas.
El 19 de abril de 1810, a tempranas horas de la mañana, los miembros del Cabildo Municipal de Caracas se reunieron en la sede del mismo. Hacia las 8, los regidores Valentín de Ribas y Rafael González invitaron al gobernador y capitán general Vicente Emparan a reunirse con el ayuntamiento, la cual acepto el funcionario español, y a la cual fue acompañado por su asesor José Vicente de Anca. Allí se encontraron con la celebración de un cabildo extraordinario que Emparan no había convocado, y era él, el único que legalmente podía hacerlo.
Una vez en la reunión, se le instó a formar una junta para hacer frente a la terrible crisis que atravesaba la península, a lo cual Emparan argumentó que la situación militar no era crítica y que si la Junta Suprema Central había cesado, la Regencia la había sustituido; pero se replicó que este último cuerpo no era legítimo, pues no había sido elegido por los españoles, como sí había ocurrido con la Junta Suprema Central de España e Indias.En última instancia, decían los cabildantes caraqueños, la provincia de Venezuela tenía tanto derecho de crear su propia junta como las provincias españolas. Todas reconocían por rey a Fernando VII, pero la Regencia no tenía derecho a ejercer soberanía sobre Venezuela en nombre de aquél. A las 9 de la mañana, Emparan cortó el debate, alegando que era hora de asistir a los oficios de Semana Santa en la catedral; acompañado del cabildo, cruzó la plaza en medio de una inquieta multitud allí congregada. Al llegar a las puertas del templo se oyeron voces de “¡a Cabildo, a Cabildo!”. Francisco Salias atajó enérgicamente a Emparan, lo tomó por el brazo y le exigió volver al Cabildo. Al ver este desacato a la primera autoridad civil y militar, los granaderos que formaban la guardia ante el templo aprestaron las armas, pero su jefe, el capitán Luís de Ponte, les ordenó quedarse firmes. Emparan accedió a regresar a la sede del cabildo, al igual que lo hicieron los cabildantes y algunos vecinos de la ciudad de Caracas.
Entre tanto, se había ido congregando mucha gente en los alrededores de la plaza mayor; al lado de Salias se encontraban José Félix Ribas, Juan Germán Roscio, Francisco Javier Yánez, Tomás y Mariano Montilla, entre otros. Poco a poco, llamados por Emparan bajo la presión de los cabildantes, fueron conducidos allí otros funcionarios españoles: el intendente Vicente Basadre, el brigadier de artillería Agustín García y los oidores y fiscales de la Real Audiencia; también fueron llamados a participar los prelados de los tres principales conventos existentes en Caracas, así como el padre Juan Antonio Rojas Queipo, rector del Seminario Arquidiocesano. Igualmente asistieron el presbítero José Cortés de Madariaga y Francisco José Ribas, como diputados del clero, y Juan Germán Roscio y José Félix Sosa como diputados del pueblo, a quienes se unieron José Félix Ribas y Francisco Javier Ustáriz, de la Junta Conservadora.
El acta redactada en Caracas el 19 de abril de 1810, manifiesta un lenguaje que como mencionamos anteriormente, atendió a dos argumentos fundamentales: el de la orfandad y acefalia del reino y en consecuencia, al desconocimiento de la Regencia, y por la otra, y como resultado de esa acefalia, la restitución de la soberanía para sí. En este documento el ayuntamiento capitalino explica las razones de esa sesión extraordinaria: “atender a la salud pública de este pueblo que se halla en total orfandad, no sólo por el cautiverio del señor don Fernando VII, sino también por haberse disuelto la junta que suplía su ausencia”. Los miembros del cabildo reconocieron que las últimas noticias confirmaban el establecimiento de la Regencia pero “sea lo que fuese de la certeza o incertidumbre de este hecho, y de la nulidad de su formación, no puede ejercer ningún mando ni jurisdicción sobre estos países” porque, a diferencia de lo ocurrido con la convocatoria de la Junta Central a los americanos, no había sido “constituido por el voto de estos fieles habitantes”.
Ante la incompetencia de las autoridades españolas –señalan los firmantes– de “atender a la seguridad y prosperidad de estos territorios” como consecuencia de la guerra con Francia, el derecho natural dicta la necesidad de “procurar los medios de su conservación y defensa, y de erigir en el seno mismo de estos países un sistema de gobierno que supla las enunciadas faltas, ejerciendo los derechos de la soberanía que por el mismo hecho ha recaído en el pueblo”.
Plantea el ayuntamiento en el acta de ese día que, ante la situación presentada tuvo que convocarse con carácter de urgencia una sesión extraordinaria “porque ya pretendía la fermentación peligrosa en que se hallaba el pueblo con las novedades esparcidas”, en consecuencia se debía evitar que con las noticias contradictorias se reconociera un gobierno ilegítimo como la Regencia.
El cabildo invitó al capitán general Vicente Emparan, y luego de varias conversaciones que establecieron con él, “cuyas resultas eran pocas o nada satisfactoria al bien público”, una gran cantidad de personas congregadas en las cercanías “levantó el grito aclamando con su acostumbrada fidelidad al señor Fernando VII, y a la soberanía interina del mismo pueblo”. Ante la insistencia de los asistentes, el capitán general regresó al ayuntamiento para tratar “la seguridad y tranquilidad pública”.
Ante los últimos acontecimientos y la presión ejercida por los caraqueños y algunos importantes e influyentes oficiales, el capitán general Emparan expresó “que no quería ningún mando” y de esa manera, el poder político de la provincia quedaba en manos del gobierno local. Inmediatamente se destituyó a Vicente Basadre como fiscal de la Real Hacienda, así como el brigadier Agustín García y a Vicente de Anca, auditor de guerra, asesor general de gobierno y teniente gobernador.
La instalación de la Junta Suprema de Venezuela el 19 de abril de 1810, implicó una serie de medidas de seguridad y conservación que condujeron a la reestructuración del poder: en primer lugar, la destitución del capitán general quien ejercía la dirección de la capitanía general, de la gobernación, presidía las sesiones de la Real Audiencia y además, las del ayuntamiento capitalino. Con el cese de ese cargo, esa concentración de funciones desaparece. Los otros funcionarios depuestos fueron los ministros oidores de la Real Audiencia, el intendente del ejército y Real Hacienda y el auditor de guerra y teniente del gobernador. Esta medida se repitió en la constitución de las junta superiores de las provincias de la capitanía general que se sumaron a la causa de Caracas. En segundo lugar, la deposición o cese de algunas autoridades significó la creación de una nueva instancia de gobierno provisional, el Supremo de Venezuela y los Superiores de las provincias del interior, todos llamados Juntas Supremas Conservadoras de los Derechos de Fernando VII.
Al día siguiente, Martín Tovar Ponte y José de las Llamozas, en nombre de la Junta Suprema recién instaurada, redactaron una Proclama a los habitantes de las provincias de Venezuela en la que reiteran las condiciones adversas en que se encontraba España, la disolución de la Junta Suprema Central, y el establecimiento del Consejo de Regencia sin contar esta última con el apoyo de los americanos porque “ni reúne en sí el voto general de la Nación, ni mucho menos el de estos habitantes que tienen el legítimo e indispensable derecho de velar sobre su conservación y seguridad como partes integrantes que son de la monarquía española”.
Ante este escenario, los caraqueños decidieron “constituir una soberanía provisional”, y consciente de la necesidad de legitimidad “os convidamos a la unión y fraternidad con que nos llaman unos mismos deberes e intereses”. En esta comunicación a los habitantes de las diferentes provincias, justifican que si la soberanía “se ha establecido provisionalmente en pocos individuos no es para dilatar sobre nosotros una usurpación insultante (…) sino porque la urgencia y grandeza de los objetos así lo han exigido para la seguridad común”. Caracas posteriormente los convocaría oportunamente para “tomar en el ejercicio de la Suprema Autoridad con proporción al mayor número de individuos de cada provincia”. Esta fue la promesa de llamar a elecciones para lograr una representación que le diera legitimidad a la nueva instancia de poder político, lo que se llamaría Junta General de Diputación de las Provincias de Venezuela, conocido como el primer congreso.
La Junta Suprema quedó constituida definitivamente el 24 de abril, y estuvo conformada de la siguiente manera: en sus inicios por 23 vocales con voz y voto, y entre ellos se obtendrían un presidente y vicepresidente, quienes se rotarían 25 semanalmente las funciones; cuatro secretarías: una de la relaciones exteriores, otra de gracia y justicia, una de hacienda y una de guerra y marina, además de un canciller y los secretarios de despachos. A saber, vocales: José de las Llamozas, Martín Tovar Ponte, Feliciano Palacios, Nicolás de Castro, Juan Pablo Ayala, José Hilario Mora, Isidoro Antonio López Méndez, Rafael González, Valentín de Ribas, Juan de Ascanio, Pablo Nicolás González, Silvestre Tovar Liendo, Nicolás Anzola, Fernando Key Muñoz, Lino de Clemente, José María Blanco, Dionisio Palacios, José Félix Ribas (representante de los pardos), José Cortés de Madariaga y Francisco José Ribas (representantes del clero), José Félix Sosa, Juan Germán Roscio y Francisco Javier de Ustáriz (representantes del pueblo). Como secretarios de la junta fueron nombrados José Tomás Santana y Casiano Bezares. Ese mismo día la junta designó los encargados de los distintos despachos: Juan Germán Roscio para Relaciones Exteriores, Nicolás Anzola en Gracia y Justicia, Hacienda a Fernando Key Muñoz y para Guerra y Marina a Lino de Clemente. Igualmente se constituyó un Tribunal Superior de Apelaciones presidido por Antonio Fernández de León, marqués de Casa León, y los ministros José Bernabé Díaz, José María Ramírez, Bartolomé Ascanio y Felipe Fermín Paúl.
El 27 de abril la Junta de Caracas dirigió otra proclama, pero esta vez a los cabildos de las principales ciudades de la América española informando de los últimos acontecimientos ocurridos en la capital, y alertar a los americanos sobre la ilegitimidad de la Regencia y la desigualdad en la representación manifestada en la convocatoria a las Cortes Generales y Extraordinarias. Exhortaron a los pueblos de América a seguir el ejemplo de Caracas, porque “una es nuestra causa, una debe ser nuestra divisa: fidelidad a nuestro desgraciado monarca, guerra a su tirano opresor, fraternidad y constancia”. Estos y muchos más planteamientos justificando la decisión de Caracas, fueron divulgados en los meses siguientes y fueron comunicados a las diferentes instituciones peninsulares y americanas.En resumen, si el primer intento de establecimiento de juntas en la Caracas de 1808, se dio como consecuencia del miedo a la usurpación, dos años más tarde, la instalación de juntas en algunas ciudades de la Capitanía General de Venezuela obedece a una premisa muy concreta: la convicción de que la España peninsular estaba perdida. A diferencia de lo ocurrido anteriormente, donde se había reconocido la Junta Suprema Central como institución soberana y se había participado en un proceso de elección para seleccionar el diputado que representaría estas provincias en la Junta Suprema Central, al quedar ésta disuelta a principios de 1810, el debate en torno al tema de la soberanía regresa a la palestra. Además, en esta oportunidad se discute tanto la ilegitimidad del Consejo de Regencia como la desigual representación americana en las Cortes Generales y Extraordinaria próximas a reunirse en la ciudad de Cádiz.
CUERPO CONSERVADOR DE LOS DERECHOS DE FERNANDO VII.
DE LA FIDELIDAD A UN REY A LA INDEPENDENCIA ABSOLUTA
Como hemos examinado hasta ahora, las primeras muestras de lealtad y patriotismo que se había manifestado en la América española entre 1808 y principios de 1810, fueron remplazadas por juntas provisorias de gobierno en 1810, herederas de una poder deslegitimado en la península, las cuales buscaron establecer desde el mismo momento de su conformación mecanismos necesarios para la elección de sus nuevas autoridades como la única manera de obtener la legitimidad y apoyo necesario.La importancia de las elecciones para elegir diputados al Cuerpo Conservador de los Derechos de Fernando VII en Venezuela, radica en que si bien el reglamento emanado de la Junta Suprema de Caracas retomaba algunos mecanismos y elementos de la tradición política y de las experiencias de los últimos dos años (Junta de Bayona de 1808, Junta Central de 1809 y la convocatoria a Cortes Generales de 1810), el contexto en el que fueron emitidos, la complejidad y alcance del proceso y los efectos que rápidamente produjeron, se revelan completamente nuevos. Ya no se trataba de designar, por el clásico procedimiento a los miembros del cabildo de la ciudad, ni a diputados con derecho a voto de una Junta Suprema Central que, con todo y haber reconocido los territorios americanos como parte integrante de la monarquía, no dejaba de presentarse, en opinión de los americanos, como un órgano capaz de imponer reglas desiguales para el ejercicio de la representación.
Las elecciones celebradas durante la segunda mitad de 1810 y principios de 1811 en los territorios que siguieron el ejemplo caraqueño se hicieron en un contexto de profunda ruptura con la metrópoli, produciendo efectos devastadores para el antiguo orden provincial. Retroversión de la soberanía, soberanía del pueblo, libertad e igualdad, y una justa representación en las instancias de poder constituidas fueron alguno de los argumentos invocados para legitimar los nuevos acontecimientos y avalar la reglamentación de procedimientos electorales capaces de reemplazar la ausencia de la autoridad. El aprendizaje logrado de esta nueva experiencia electoral –hombres habituados a jurar fidelidad a un rey muy lejano– constituye un punto de ruptura fundamental en la historia de Venezuela.
El establecimiento de la Junta Suprema Conservadora de los Derechos de Fernando VII el 19 de abril de 1810 en Caracas, como depositaria de la soberanía, y la invitación a los pueblos a seguir su ejemplo, desencadenó la instalación de juntas provinciales y pronunciamientos de adhesión y lealtad; apoyo que también se evidenció a través de donativos patrióticos y celebraciones de carácter civil y religioso de buena parte de la Capitanía General de Venezuela.
Abraham Puche / EV Houston / Foto: Cortesía