
Por orden del Tribunal Superior de Medellín, el presidente Juan Manuel Santos deberá declarar públicamente que el Estado colombiano es responsable de las violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario que cometieron los paramilitares y por “el daño y el dolor causado a las víctimas”.
La controversial orden, que implica un reconocimiento explícito de la responsabilidad estatal en el surgimiento, expansión y consolidación del fenómeno paramilitar, quedó consignada en la sentencia condenatoria proferida este viernes contra Jesús Ignacio Roldán Pérez, alias ‘Monoleche’, jefe de seguridad y lugarteniente de los desaparecidos excomandantes paramilitares Carlos y Vicente Castaño Gil.
El fallo es una extensión de la teoría plasmada por el Tribunal en la exclusión de siete desmovilizados del bloque Cacique Nutibara —más tarde reintegrados al proceso por la Corte Suprema de Justicia— en la que se le ordenó a la Comisión de Acusación de la Cámara investigar al expresidente y hoy senador Álvaro Uribe Vélez por su presunta participación en el surgimiento de grupos paramilitares en Antioquia. En ese sentido, y teniendo en cuenta la aparente lentitud con la que han avanzado las pesquisas, el Tribunal le solicitó a la Comisión presentar, cada cuatro meses, un informe público en el que rinda cuentas sobre el avance de la investigación. Igualmente, ordenó iniciar procesos contra el exgobernador de Córdoba Carlos Buelvas Aldana y contra el general Iván Ramírez —absuelto por el holocausto del Palacio de Justicia—, por posible promoción y apoyo a las autodefensas.
Respecto de la parapolítica, el fallo les hizo una recomendación perentoria al presidente Santos y al presidente del Senado, José David Name, para que adopten medidas que eviten que los funcionarios condenados por vínculos con paramilitares les transfieran su caudal electoral y sus propiedades a familiares o allegados. Más aún, les solicitó a esos altos funcionarios que promulguen leyes y otros mecanismos con el fin de que los empresarios que financiaron el paramilitarismo reconozcan su responsabilidad, pidan perdón, se comprometan a no participar nuevamente en el conflicto y contribuyan a la reparación de las víctimas.
En el mismo sentido, pidió que los miembros de la Fuerza Pública que sean investigados por violaciones a los derechos humanos sean separados de sus funciones a partir de la imputación de cargos.
Pero quizá una de las instituciones que salió peor librada con esta decisión fue la Fiscalía, de la cual el Tribunal dijo que “fue omisiva en la investigación y acusación de las graves infracciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario cometidas por los paramilitares”. Además, aseguró que no ha trabajado para develar las redes de apoyo de las autodefensas y llamó la atención sobre el hecho de que “la mayoría de las investigaciones contra los altos oficiales de las Fuerzas Militares y los empresarios privados de los distintos sectores y niveles permanecen en etapa previa o estancadas, cuando no es que se adelantan dejando trascurrir el moho de los años”. Igualmente, señaló que la ausencia de investigaciones facilitó el accionar de los ‘paras’ y profundizó “el daño y la desesperanza en la población”, de quien dijo había perdido la confianza en el Estado.
Por eso, le ordenó al fiscal Eduardo Montealegre asumir “públicamente su compromiso de investigar, hasta su culminación, los procesos contra los oficiales superiores de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional y los civiles que fueron identificados como financiadores, organizadores o colaboradores de los grupos paramilitares”.
De la misma manera que la Comisión de Acusación, cada tres meses Montealegre deberá presentar informes sobre los avances en esos procesos, incluyendo los que cursan contra funcionarios de la Fiscalía que “actuaron de manera negligente” frente a los delitos cometidos por las autodefensas. Finalmente, conminó al fiscal a dar prioridad a las graves violaciones a los derechos humanos, por encima de los “delitos menores o de menor impacto”.
Tras analizar el desarrollo del paramilitarismo en los departamentos de Cauca, Tolima, Magdalena, Santander, Bolívar, Boyacá y Antioquia, el Tribunal concluyó que “el surgimiento y expansión de los grupos paramilitares, a diferencia de lo que se ha sostenido, no obedeció a la ausencia del Estado en amplias zonas de la geografía nacional. Por el contrario, nacieron y crecieron allí donde había presencia del Estado y de la mano de las Fuerzas Militares. En todo el país, donde quiera que surgieron y pasaron los paramilitares, había brigadas, batallones del Ejército y comandos de policía para garantizar la seguridad”. El Tribunal, además, controvirtió a su par de Bogotá, del que dijo que se había equivocado al no reconocer que el paramilitarismo “se convirtió en una política trazada, auspiciada, permitida y facilitada por los altos mandos de las Fuerzas Militares”.
Las controversiales hipótesis del fallo, cuyo ponente fue el magistrado Rubén Darío Pinilla, fueron respaldadas por la magistrada María Consuelo Rincón. Sin embargo, como es tradición en la Sala de Justicia y Paz del Tribunal de Medellín, la decisión fue objetada por el también magistrado Juan Guillermo Cárdenas, quien cuestionó duramente las conclusiones a las que llegaron sus colegas.
Las discrepancias del magistrado Cárdenas
En un documento de 34 páginas, el magistrado Cárdenas se opuso a los planteamientos de la sentencia. Según él, las conclusiones de la Sala “no solo son desafortunadas, sino imprudentes y ligeras”, por cuanto resulta “descomunal y desproporcionado colocar a la nación en un estado de beligerancia que es exclusiva de los grupos ilegales”.
Señaló, además, que no es potestad de la jurisdicción de Justicia y Paz establecer responsabilidades estatales, sino únicamente juzgar a los desmovilizados de las autodefensas y las guerrillas que resulten postulados a los beneficios de la ley. Y se adhirió a la tesis que hasta ahora ha prevalecido en el país, según la cual los militares, funcionarios públicos y policías que se aliaron con los ‘paras’ deben responder individualmente por sus crímenes.
Para el magistrado, “las afirmaciones contenidas en la decisión transmiten un mensaje errado a la comunidad internacional, sembrando duda y desconfianza en las instituciones estatales, al tildarlas de ser vulneradoras de normas internacionales”.
Asimismo, abogó por el buen nombre de la rama judicial y reconoció el “trabajo arduo” de la Fiscalía en Justicia y Paz. En cuanto a las cuentas que en virtud de la sentencia deberá rendir la Comisión de Acusación, Cárdenas consideró que “la Sala no puede emitir tal directriz, porque los Tribunales Superiores no somos órganos de control ni tenemos competencia para disponer que autoridades del orden legislativo nos rindan informes, como si nos tratáramos de su superior”.
En cuanto a ‘Monoleche’, el Tribunal lo condenó a la pena alternativa de siete años y 11 meses de prisión y le concedió libertad condicional, debido a que ya cumplió su pena. No obstante, no podrá salir de prisión por cuenta de una medida de aseguramiento que emitió un juez de Bogotá.
EV Houston / Foto: Archivo