Venezuela debe garantizar la autonomía e independencia de los jueces y fiscales y, específicamente, resolver la situación de la jueza María Lourdes Afiuni en un juicio justo, independiente e imparcial, según solicitó hoy el Comité de Derechos Humanos de la ONU.
Venezuela se sometió los pasados 29 de junio y 30 de julio al escrutinio del Comité, que vela por el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y hoy el organismo ha presentado sus conclusiones.
Hay “informes sobre las consecuencias negativas que habría tenido para algunos jueces adoptar, en el desempeño de sus funciones, decisiones desfavorables al Gobierno” y cita el caso de la jueza Alfiuni.
La jueza fue detenida en diciembre de 2009 por poner en libertad a un empresario crítico con el Gobierno que ya había cumplido en prisión preventiva.
La magistrada fue acusada después de que el entonces presidente venezolano Hugo Chávez (1999-2013) la llamara “bandida” y pidiera para ella la máxima pena de prisión.
Hasta ahora su juicio no se ha celebrado y sigue sometida a medidas restrictivas de libertad, situación que ha sido criticada en reiteradas ocasiones por múltiples órganos de las Naciones Unidas.
Afiuni ha denunciado que durante el tiempo de reclusión fue violada y fue objeto de abusos sexualmente.
“Venezuela debe garantizar que se resuelva la situación judicial de la jueza Afiuni a la mayor brevedad posible en un juicio justo, independiente e imparcial y que se investiguen de manera pronta y exhaustiva las alegaciones relativas a los malos tratos y agresión sexual que habría sufrido durante su detención”.
“El Comité continúa preocupado por la situación del poder judicial” en Venezuela, “particularmente en lo que atañe a su autonomía, independencia e imparcialidad”, según las conclusiones.
“Observa con preocupación que sólo el 34 % de los jueces son titulares, lo que significa que el resto está en situación de provisionalidad y que tanto sus nombramientos como remociones pueden realizarse de manera discrecional”, añade.
Asimismo, los expertos lamentan no haber recibido información sobre el porcentaje de fiscales del Ministerio Público que son titulares, “y le preocupan los informes que indican que ese porcentaje sería muy bajo”.
Venezuela “debe tomar medidas inmediatas para asegurar y proteger la plena autonomía, independencia e imparcialidad de los jueces y fiscales y garantizar que su actuación esté libre de todo tipo de presiones e injerencias”, instan los expertos.
Por otra parte, el Comité se refiere a la suerte de los políticos opositores Leopoldo López y Daniel Ceballos, y recuerda que su encarcelamiento “ha sido declarado arbitrario por el Grupo de Trabajo sobre la detención arbitraria”.
“Venezuela debe garantizar que ningún agente estatal adopte medidas o realice actos que pudieran constituir intimidación, persecución, descalificación o una injerencia indebida en el trabajo de los periodistas, los defensores de los derechos humanos, los activistas sociales, los abogados y los miembros de la oposición política”, afirma.
Asimismo, los expertos se preocupan sobre el ejercicio de la libertad de expresión y de información y pide al Estado que reconsidere la “despenalización de la difamación”.
El Comité lamenta la falta de claridad tanto respecto a la necesidad de pedir autorización para realizar una manifestación como acerca de las restricciones a la financiación extrajera de organizaciones.
Finalmente, el “Comité invita” a Venezuela “a considerar volver a ser parte en la Convención Americana sobre Derechos Humanos con miras a ofrecer una protección complementaria a los derechos contenidos en el Pacto a nivel regional”.
¿Quién es la jueza Afiuni y por qué está bajo juicio?
Corrían los últimos meses del año 2009 y en Venezuela el Gobierno del presidente Hugo Chávez Frías anunciaba la intervención de varias entidades financieras que marcarían el curso de los acontecimientos políticos, sociales, económicos y judiciales del país, entre ellas el Banco Canarias cuyo accionista fue el empresario Eligio Cedeño.
El banquero, investigado desde el año 2003 por irregularidades en el uso de dólares otorgados por la Comisión de Administración de Divisas Venezuela (Cadivi) a Miscrostar (empresa de computación dedicada en todo el mundo a la fabricación de hardware y equipos de micro-electrónica), se encontraba detenido y a la espera de la celebración de una audiencia preliminar en el Palacio de Justicia venezolano, acto en el que se decidiría si sería enjuiciado por su presunta participación en el desvío de 27 millones de dólares preferenciales.
Acusado por el Ministerio Público por el delito de distracción de recursos financieros en grado de autor, de acuerdo con lo previsto en la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, el Tribunal de Control convoca a la audiencia el 10 de diciembre de 2009, la cual no se realiza por la inasistencia de los fiscales nacionales 50° y 53°, William Guerrero y Ana Isabel Hernández, respectivamente, además del fiscal con competencia en materia contra la corrupción, bancos, seguros y mercado de capitales, Daniel Medina, quienes llevaban el caso del ex banquero.
Sin embargo, presente el juez de la causa (María Lourdes Afiuni), los representantes de la Procuraduría General de Venezuela, abogados Deborah Lucinda Morales Márquez y Hever David Parejo Zuñiga, los aguaciles y el imputado (Eligio Cedeño), el equipo de la Defensa conformado por los abogados, Pedro Sanoja Betancourt y José Parra Saluzzo, solicitaron a la juez 31 de Control la revisión del expediente donde constaba el arresto preventivo que le fue impuesto al ex banquero desde el año 2007.
Entra a la palestra pública el nombre de María Lourdes Afiuni, juez 31° de Control de Caracas, quien en su función y responsabilidad como máxima autoridad de un Tribunal y basada en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), que requiere que jueces de control revisen periódicamente todas las medidas preventivas de prejuicio y jueces independientes para modificar las medidas de detención y que estas sean menos rigurosas, además, tomando en consideración una resolución de la Organización de Naciones Unidas, admitió la petición y ordenó la excarcelación de Eligio Cedeño con la medida de presentarse cada 15 días ante su despacho y la prohibición de salida del país.
El artículo 264 del COPP reza: “El imputado podrá solicitar la revocación o sustitución de la medida judicial de privación preventiva de libertad las veces que lo considere pertinente. En todo caso, el juez deberá examinar la necesidad del mantenimiento de las medidas cautelares cada tres meses y cuando lo estime prudente las sustituirá por otras menos gravosas. La negativa del tribunal a revocar o sustituir la medida no tendrá apelación”.
Menos de 20 minutos después, efectivos de la División de Servicios de Investigaciones Políticas (Disip), ahora Servicio de Inteligencia Bolivariana (Sebin), se presentaron en el juzgado sin orden de captura y, como a una delincuente común, esposaron y sometieron al escarnio público a la jueza de Control, detuvieron a todo su personal, violando la autoridad y la independencia de un poder, situación inédita en los 52 años de democracia de Venezuela.
“Yo tomé la decisión porque estaba convencida de que ese señor no merecía estar preso. A Cedeño lo detuvieron porque él se presentó y se entregó voluntariamente. Estuvo más de dos años preso por un retardo procesal provocado deliberadamente por el Poder Judicial y el Ministerio Público. Tengo una resolución de las Naciones Unidas que dice que estaba preso indebidamente. Había una gran cantidad de irregularidades cometidas por jueces y fiscales, y yo no iba a ser cómplice ni a avalar eso. Le otorgué la libertad condicional, le fijé un régimen de presentación cada 15 días y prohibición de salida del país”. Me preguntó: “¿Si a mí no me hubiesen detenido, ese señor se habría ido del país? Creo que no. Pero si a menos de 15 minutos me detienen, ¿Crees que no le avisaron a Cedeño? Si no se hubiera ido no habría salido jamás en libertad”, dijo la juez. (Entrevista a Felipe Rodríguez Roa, julio 2010).
Justicia perdida
A finales de noviembre del año 2009, la magistrada María Lourdes Afiuni -asignada al azar- recibe el expediente del banquero Eligio Cedeño, quien llevaba 2 años y 3 meses preso. Cuenta la jueza con desparpajo mientras se fuma un cigarrillo que la primera sorprendida al recibir el caso Microstar fue ella. “Cuando se hizo la distribución manual del expediente yo ni siquiera estaba de guardia. Pensé que si este expediente no se lo enviaron a uno de los jueces obedientes, y ya habían condenado a Gustavo Arraíz, pues esperaban que aplicara justicia como a cualquier otro ciudadano. Yo soy una de las pocas jueces que no recibe instrucciones para dictar sus decisiones”.
Cuando la Defensa del banquero solicita la revisión del expediente (audiencia del 10 de diciembre de 2009), la juez 31° de Control se encontró con una resolución del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU) que solicitaba al Tribunal Supremo de Justicia se le concediera a Cedeño la libertad provisional hasta el final del juicio.
La resolución emitida el 1 de septiembre del año 2009 expresaba textualmente: “La privación de libertad del Señor Eligio Cedeño es arbitraria debido a que viola los artículos 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los artículos 9,10 y 14 del Convenio Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos”.
El expediente pasó por manos de varios jueces, quienes hicieron caso omiso de la opinión del Grupo de Trabajo de la ONU. Este documento llega a manos de la jueza Afiuni, quien apegada a las Leyes de la República y a los tratados firmados por Venezuela, cumplió la orden e hizo justicia. A partir del 10 de diciembre comienza a escribirse las páginas negras de la justicia en Venezuela, marcada por la violación a los derechos humanos y la pérdida de independencia de poderes.
“Sabía que era un caso difícil, que me podía costar el puesto, pero yo sólo aplique lo que hubiera hecho en cualquier caso, sin distinción de ninguna naturaleza”, precisó la jueza.
En una entrevista realizada el 11 de diciembre de 2009 por el diario El Universal a Robert Amsterdam, uno de los abogados de Eligio Cedeño, este aseguraba que los jueces que fallaban en seguir las instrucciones del presidente Hugo Chávez, “arriesgaron sus puestos de trabajo. Con la detención de la jueza Afiuni, Chávez escribió el obituario para la libertad en Venezuela. La independencia judicial había sobrevivido pero ahora tristemente, está oficialmente muerta”.
La jueza Afiuni es tajante: “yo no formo parte del ‘grupete’ obediente del Palacio de Justicia, que hoy en día son todos”.
Condena anticipada
El 11 de diciembre de 2009 a las 9:30 de la noche en cadena de radio y televisión el Presidente de la República de Venezuela, Hugo Chávez Frías, ordenó al Poder Judicial condenar a la jueza María Lourdes Afiuni a pena máxima de 30 años de cárcel.
“Otro caso triste, una jueza (María Lourdes Afiuni) hace toda una componenda con unos alguaciles, otra gente más y uno de estos bandidos que estaba preso precisamente por estas redes que venimos desmontando desde hace tiempo, llamado Eligio Cedeño (…)”, comenzaba el presidente Chávez una cadena de radio y televisión que demostró al país su intromisión en el Poder Judicial.
Continúa su exposición cargada de acusaciones infundadas y sin precisiones del tiempo y el espacio. “Entonces viene una jueza bandida y los aguaciles reciben de los policías que vienen trasladando al preso porque la jueza lo llamó a declarar ¿Cómo se llama a una audiencia? Todo estaba montado, según ahora me explican. Yo tengo los informes: ella misma se lleva al preso violando la ley, en primer lugar porque hace la audiencia sin la presencia del Ministerio Público y eso está prohibido. Un juez no puede hacer ninguna audiencia sin estar presente el fiscal del caso.
Ella no le comunicó nada a ningún fiscal. Mandó a poner preso, lo metió en el tribunal y lo sacó por la puerta de atrás [no existe esa puerta en el Tribunal]. Se fugó (…) bueno está presa y yo exijo dureza contra esa jueza, incluso le dije a la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, Luisa Estella Morales, y así lo digo a la Asamblea Nacional, habrá que hacer una ley porque es mucho más grave un juez que libere a un bandido que el bandido mismo. Es infinitamente muy grave para una República, para un país, que un asesino, porque pague a un juez, lo libere”.
Sin pruebas para argumentar sus palabras el Presidente de Venezuela no sólo ordenó a poderes independientes que ejecutaran una orden sin pruebas, sin juicio. “Eso es más grave que un asesinato, entonces habrá que meterle pena máxima a esta jueza y a los que hagan eso. Treinta años de prisión pido yo a nombre de la dignidad del país y no que vengan después que la jueza está en una oficina. No, debe estar en la cárcel con todos sus derechos. Pero no que porque esa jueza salió a los tres meses, no señora fiscal, no lo permita, no lo permitamos. Esa jueza tiene que pagar con todo el rigor de la ley lo que ha hecho y cualquier otro juez que se le ocurra hacerlo porque no es la primera vez que cobran.
Es la corrupción y es lo que Bolívar decía: un delito, un perdón y de allí otro delito y otro perdón y otro perdón hasta que se acabó todo. Cómo se va a imponer justicia en un país sino tenemos un poder judicial blindado totalmente contra esos casos, a pesar de que ha mejorado mucho no debe ocurrir ni un caso y, si ocurre, que le caiga todo el peso de la ley, en este caso a la jueza que se llama María Lourdes Afiuni. Allí estaba la secretaria del Tribunal, los abogados del imputado que me informan que habían firmado en blanco una hoja con la jueza antes de que llegara el preso. Tenían todo preparado y una puerta por allá atrás los aguaciles (…)”.
Al día siguiente, 12 de diciembre, la jueza Afiuni fue acusada por cargos de corrupción, cómplice de fuga, abuso de poder y conspiración criminal. La transfirieron el 18 de diciembre de 2009 de los calabozos del Sebin a una cárcel de mujeres (Instituto Nacional de Orientación Femenina INOF) sin ningún tipo de beneficios junto a la población general, donde se encuentran 24 mujeres que ella misma condenó. Como si fuese poco, a la Juez Afiuni se le negó el derecho a un defensor público.
“Yo soy una presa de Hugo Chávez. No queda duda. La saña ha sido muy grande. El daño ha sido muy grande. Las violaciones han sido bestiales y no puede ser que todas las instituciones que rodean mi caso, llámense Fiscalía, Defensoría del Pueblo, Tribunales hagan caso omiso de barbaridades”, confiesa Afiuni Mora.
La magistrada de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, Blanca Rosa Mármol de León, en una entrevista concedida a 6to Poder (publicada en octubre de 2010), asegura que la juez Afiuni está presa injustamente. “Todo el caso está viciado”.
“Existe la instancia de apelación, Si ella es de primera instancia, su decisión era apelable en segunda instancia. Luego está el Tribunal Supremo de Justicia, en este caso la Sala Penal que es la que corresponde y, por último, si después de todas las revisiones hubiere resultado que ella cometió un error que tendría que haber sido extremo para que fuera inexcusable, entonces pudiera haber sido destituida, pero presa, jamás. Eso no existe. La única manera de poner preso a un juez es que le sigan un juicio donde se demuestre que cometió delito. En el caso de Afiuni el delito sería que hubiese recibido dinero, como dicen aviesamente por allí, pero resulta que se demostró que no. A la jueza Afiuni se le están violando sus derechos humanos y constitucionales. Ella está presa por falta de juez. El Presidente (Chávez) puede decir lo que quiera; la Asamblea Nacional, no importa. El juez debe decidir autónomamente; la responsabilidad es suya, no hay manera de evadirla y tendrá que responder en el futuro por eso”.
EFE y Agencias / Foto: Cortesía