“La Sala Constitucional del TSJ considera que no es necesario, ni constitucionalmente obligante, un referéndum consultivo previo para la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente”, así lo dio a conocer la sentencia publicada por el ente judicial.
Asimismo indica que el jefe de Estado ejerce “indirectamente (…) la soberanía popular”.
Recordemos que por medio de un referendo se validó el llamado del entonces presidente Hugo Rafael Chávez Frías a la Constituyente de 1999, que redactó la actual Carta Magna.
Dicho texto, no menciona expresamente la consulta popular como requisito para la convocatoria a Constituyente ni tampoco para refrendar la nueva Constitución.
El dictamente del TSJ (quien es acusado de servir al gobierno venezolano) agrega que el llamado para cambiar la Constitución corresponde “por regla general” a los órganos del poder público, entre ellos, el presidente en Consejo de Ministros.
Para la coalición de partidos Mesa de la Unidad Democrática (MUD), la convocatoria y las reglas para la elección de candidatos deben aprobarse en referendo.
Razón por la cual la alianza opositora estima, que la Constituyente de Maduro es completamente un “fraude” y este miércoles oficializó que no presentará ningún aspirante para esta.
Además, la oposición venezolana advirtió que escalará sus protestas con el mandatario y las cuales fueron iniciadas hace dos meses, dejando hasta el momento un saldo de 79 fallecidos.
Iveth Villalobos / EV Houston / Foto: EFE