
Una vez más llegó la temporada del año más esperada por muchos. Es la temporada de visas de trabajo H-1B. Estas son las visas para profesionales extranjeros ocupando posiciones “especializadas”. Típicamente ingenieros, contadores, maestros, arquitectos, programadores en computación, analistas y cualquier otra posición que requiera al menos un título universitario. Su tiempo de validez es por un máximo de 6 años en incrementos de tres años cada vez.
A partir del 1er día hábil de Abril de cada año, y por un período de apenas 5 días, se abre la posibilidad de aplicar a las visas H-1B que surtirán efecto a partir del 1ro de Octubre. Estas visas están sujetas a una limitación numérica de apenas 65 mil para toda la nación. El gobierno federal otorga un cupo de otras 20 mil visas adicionales para quienes sean graduados de títulos avanzados (Master, PhD, etc) en alguna universidad de los EEUU. Los pertenecientes a este último grupo, participarán en el sorteo de visas de las 20 mil, y de no salir seleccionado, serán agregados al pool general en donde tendrán una segunda oportunidad de ser aleatoriamente seleccionado por un sorteo computarizado. El USCIS recibirá cualquier cantidad de peticiones que sean introducidas por los empleadores de todo el país inclusive en exceso de la limitación numérica. Pero únicamente procesará aquellas peticiones que hayan sido elegidas de acuerdo a una lotería interna. En Abril del año pasado, se recibieron unas199 mil peticiones en total. Por lo general, el número de aplicaciones incrementa o disminuye cada año a una rata que es directamente proporcional a la economía del país.
Una de las grandes ventajas de estas visas, es que una vez el beneficiario sea seleccionado y contado en la cuota numérica del año fiscal en el que fue elegido, ya no tendrá que ser contado durante los seis años subsiguientes. Esto es cierto inclusive si el empleado decide cambiarse de empleador. No hay límite en las veces que un empleado en H-1B pueda cambiar de empleo. Pero cada nuevo empleador deberá introducir una nueva solicitud, la cual estará exenta de la limitación numérica por supuesto.Otro grupo de empleadores que están exentos de esta limitación numérica son ciertas empresas sin fines de lucro que estén afiliadas con instituciones de educación avanzada (universidades).
Otra ventaja de estas visas, además de la portabilidad que ofrece para cambiar de empleador con facilidad, es la posibilidad de extender por periodos que exceden el límite de 6 años de dicha visa. Esto aplica en ciertas situaciones donde el empleado es el beneficiario de un proceso de certificación laboral que haya sido introducido al menos 365 días antes o una petición de inmigrante por empleo aprobada (I-140). Inclusive es posible “recapturar” cada día de 24 horas o más pasado afuera de los EEUU sin importar cual haya sido el propósito del viaje. Esto también cubre al grupo familiar directo (cónyuge e hijos menores de 21) dependiente con visas H-4 como acompañantes.
También hay ventajas para estudiantes internacionales en F-1 que se encuentran actualmente en periodo de 12 meses de permiso de trabajo práctico (pasantías) conocido como “OPT”. Las reglas generales de F-1 indican que el estatus se termina en la fecha de expiración del OPT más un periodo de gracia de 60 días. A quienes se les expire dicho periodo legal entre la fecha de Abril 1ro (fecha de introducción H-1B) y Octubre 1ro (fecha de comienzo de las H-1B), y hayan sido seleccionados en la cuota de visas para ese año, la ley provee una extensión automática tanto de estadía legal como de permiso de trabajo a partir de la fecha de expiración del OPT hasta el 1ro de Octubre o la fecha de la decisión si fuere el caso.
Converse con su empleador y no pierda la oportunidad de aplicar por esta visa. La información contenida en este artículo no constituye asesoramiento legal ni crea una relación abogado-cliente con el autor. Consulte siempre con abogados licenciados en los Estados Unidos sobre su situación inmigratoria individual. Únicamente abogados licenciados en algún estado de los EEUU pueden dar asesoramiento en materia de inmigración.Para más información o para una consulta privada con el autor llamar al 713-532-2110 ó por email [email protected] .
Héctor López / foto: referencial