
“Ante los actos declarados nulos de evidentes ánimos subversivos, la Sala declara que corresponde a las autoridades competentes civiles y militares ejecutar las acciones de represión pertinentes a fin de mantener la paz y la seguridad nacional”, dijo Juan José Mendoza, presidente de la Sala Constitucional del TSJ.
“Al realizar ese acto írrito estamos en presencia de un delito en flagrancia permanente. Estos ciudadanos no solo cometieron el delito de usurpación de funciones, sino traición a la patria”, agregó el juez.
Mendoza aseguró que el delito de traición a la patria está contemplado en el Código Penal de civiles como en el Código Penal de los militares, señalando a su vez que las penas están establecidas en los mismos y que queda en competencia de las autoridades tomar acciones al respecto.
Recordemos que el Parlamento de Venezuela, de mayoría opositora y considerada en “desacato” por el Supremo, eligió este viernes a 33 nuevos magistrados del máximo tribunal, una decisión que no es reconocida por el Gobierno ni por los jueces en ejercicio designados en 2015 por un Legislativo en poder del chavismo cuya legitimidad ha dejado de reconocer la Cámara.
Iveth Villalobos / Foto: EFE