
Una petición de inmigrante no le da estatus legal a nadie ni el derecho de estar aquí en los EE.UU.
Uno de los momentos más emocionantes para cualquier extranjero que viene a vivir en los Estados Unidos (EE.UU.) es cuando logra obtener su residencia permanente o la ciudadanía americana. Aún recuerdo ese sentimiento de logro y expectativa de un mejor futuro que se siente, la cual revivo con cada uno de mis clientes hoy día. Aunque este logro podría significar para muchos la culminación de una etapa o camino, para otros representa la esperanza de poder traerse a un familiar a vivir con ellos aquí en los EE.UU.
Si se tiene la suerte de ser esposo, padre o hijo menor de edad de un ciudadano americano, estos gozan del privilegio de ser clasificados bajo la ley como “familiares inmediatos”. Este grupo está exento de la cuota de residencias se reparten anualmente por la vía familiar. Esto les permitirá optar por la residencia permanente sin ningún tipo de espera y de una manera mucho más expedita. Por otro lado tenemos las cuatro categorías de preferencia de residencias por la vía familiar, la cual comprende hermanos, hijos adultos casados y no casados de ciudadanos americanos; y los esposos e hijos menores y mayores de edad no casados de residentes permanentes. El problema no consiste en determinar si existe una base de elegibilidad para que el residente permanente o ciudadano americano te “pida” la residencia, sino en determinar de qué manera, y basada en todas las circunstancias que rodean al beneficiario, de las consecuencias legales de presentar dicha petición.
La Ley de Inmigración y Nacionalidad, en su sección 201, establece un límite de 226 mil residencias para ser repartidas anualmente entre las cuatro categorías de “preferencia” por la vía familiar. Para los que están familiarizados con el famoso “Boletín de Visas” emanado mensualmente por el Departamento de Estado, este determina el flujo de personas elegibles para obtener la residencia permanente de acuerdo a la fecha de prioridad de cada caso y su país de nacimiento. La sección 202 de la ley también establece que ningún país en particular puede exceder el 7% de la cuota total anual. Es por ello, que algunos países con una tasa más alta de demanda de residencias, como lo son México, India, China y Filipinas, cuentan con una columna separada al del resto del mundo. De esta manera se asegura un tratamiento justo y correcto a la hora de la distribución de las residencias. Es increíble ver, como por ejemplo, los hermanos de ciudadanos americanos nacidos en Filipinas deban esperar más de 22 años para poder inmigrar, mientras el resto del mundo pueda hacerlo 10 años antes.
Ahora bien, pero ¿cuál es el problema con todo esto? La respuesta dependerá de la situación particular de cada individuo. De si el beneficiario se encuentra dentro o fuera del país, del tipo de visa o estatus que posea y del tiempo estimado que se tenga que esperar. Es pertinente aclarar que una petición de inmigrante no le da estatus legal a nadie ni el derecho de estar aquí en los EE.UU., u obtener un permiso para trabajar. Simplemente clasifica al beneficiario como potencial inmigrante bajo una categoría específica. Hasta hace solo unos pocos años atrás, los esposos e hijos menores de edad de residentes permanentes, por ejemplo, estaban sujetos a una espera de más de cuatro años, lo cual hacia casi absurda la presentación de una petición, cuando tan solo tarda 5 años para un residente poder aplicar a la naturalización y hacerse ciudadano americano. Una vez convertido en americano, su cónyuge e hijos menores de edad serían considerados “familiares inmediatos” sin estar sujetos a ningún tiempo de espera. El presentar una petición de visa de inmigrante a favor de un familiar podría constituir y dejar en evidencia la intención de inmigrar de dicho beneficiario.
En principio, y a excepción de ciertas visas de trabajo, la mayoría de las visas de no-inmigrante, tal como su nombre lo indica, no se corresponden con la intención de inmigrar del titular. La misma ley establece cuáles visas de no-inmigrante podrían permitir esa “dualidad de intenciones” de poseer una visa temporal, mientras de manera paralela exista una petición de inmigrante en curso y esperando por su fecha de prioridad de acuerdo al Boletín de Visas. Esto representa un factor extremadamente importante y que requiere el análisis de un abogado de inmigración con experiencia, ya que podría ser mucho más el daño que el beneficio al introducirle una petición de inmigrante a beneficio de un familiar.
Los efectos podrían ser tan drásticos como la imposibilidad del beneficiario de obtener una visa de turista, de estudiante, o de cualquier otra clasificación, ya que dichas visas no se corresponden con la intención de inmigrar, del cual el servicio de inmigración ya ha sido puesto en conocimiento.
Consulte siempre con abogados licenciados en los Estados Unidos sobre su situación inmigratoria individual. Únicamente abogados licenciados en algún estado de los EE.UU. pueden dar asesoramiento en materia de inmigración.
Héctor José López / Abogado de inmigración / Foto: Referencial