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Tal como el presidente Trump lo habría anunciado en su orden ejecutiva de enero de 2017, la administración busca expandir el alcance y aplicación del proceso de deportación expedita con el fin de deportar a la mayor cantidad de personas en la menor cantidad de tiempo posible.
La deportación expedita es un procedimiento contemplado en la ley el cual le confiere a los oficiales federales la potestad de deportar a cualquier individuo que sea encontrado dentro de las 100 millas a la redonda de un puerto de entrada fronterizo y haya entrado dentro de los 14 días pasados. Bajo este procedimiento, el agente federal puede asumir competencias de juez, fiscal y parte; y declarar a un extranjero deportado sin que este tenga derecho a ver un juez ni defenderse dentro de una audiencia formal representado por un abogado.
El gobierno ha anunciado su intención de implementar una expansión de esta política de manera inmediata llevando el ámbito de alcance de 100 millas a “todo el país” y de 14 días a “2 años”. Es decir, bajo la nueva política expandida, el gobierno podría deportar a cualquier individuo que sea encontrado en cualquier parte de los EE.UU., que sin haber sido legalmente admitido u otorgado una dispensa de entrada (parole), no pueda probar su presencia física dentro del territorio de los EE.UU. por al menos 2 años.
Este proceso estaría atentando en contra del precepto constitucional del derecho al “debido proceso” que toda persona tiene a defenderse y ser escuchado frente a un juez. Sin embargo, de acuerdo a la ley, el proceso de deportación expedita fue creada y es legal para quienes fueren encontrados dentro de las 100 millas de la frontera sin haber entrado legalmente al país dentro de los 14 días de su entrada. El problema aquí es que el cambio que pretende realizar la administración del presidente Trump atenta en contra de lo estipulado en la ley de procedimientos administrativos con respecto al otorgamiento de un periodo de publicación y comentarios por parte del público, antes de la entrada en vigor de dicha política.
Es por lo anterior que la asociación de libertades civiles (ACLU) ya ha anunciado que, de materializarse el anuncio por parte de la administración de Trump, ellos planean demandar al gobierno para obligarlos a cumplir con la ley. Sin embargo, la administración alega de que ellos pueden implementar dicha política sin cumplir con el periodo de publicación y comentario estipulado en la ley de procedimientos administrativos basados en una excepción de la regla cuando existe una “buena razón” como para no dilatar su implementación ya que sería “impráctica” su dilatación. Por lo tanto, el gobierno está convencido de que el mismo estatuto legal, permite la implementación de esta nueva política de deportación expedita expandida, en cualquier momento y sin el debido cumplimiento con el periodo de publicación y comentario estipulado en la ley de procedimientos administrativos.
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