Una vez más, la agencia de inmigración y ciudadanía de los EE.UU. (USCIS) emitió una nueva política este pasado 13 de Junio de 2018, modificando una sección del manual del adjudicador, el cual establece que dicha agencia podrá comenzar a negar casos que presenten deficiencias al momento de su presentación inicial.
Tradicionalmente el USCIS emitiría una solicitud de información adicional (RFE – por sus siglas en inglés) cuando tuviere preguntas o necesitare más evidencia. Esto representa una oportunidad para corregir o aclarar cualquier deficiencia alegada. Pero bajo la nueva política, la agencia simplemente comenzará a negar los casos que sean introducidos incompletos o sin suficiente fundamento aparente. De acuerdo a la ley, los aplicantes tienen la carga probatoria de consignar toda la evidencia que demuestre elegibilidad para el beneficio solicitado.
Esta nueva política la cual entrará en vigencia a partir del 11 de Septiembre de 2018, podría dejar sin estatus, por ejemplo, a un aplicante a la residencia a través de un familiar quien haya olvidado introducir junto con el paquete de aplicación inicial, la documentación de garantía financiera (I-864). Son llamadas “negaciones estatutarias” ya que están basadas en la falta de inclusión de evidencia inicial fundamental requerida para demostrar elegibilidad.
Esta nueva política, en conjunción con el reciente memorándum indicando que la agencia comenzará también a emitir notas de comparencia y enviar a la gente a enfrentar procesos de deportación en la corte cuando la negación de un beneficio solicitado deje al aplicante sin estatus legal.
Por tal motivo, la recomendación es la de aplicar con la mayor antelación posible para intentar así que el caso sea decidido antes de que el aplicante se quede sin estatus legal, y así evitar que una decisión adversa deje al aplicante ilegal. Aun cuando, con los retrasos procesales actuales del USCIS, sería prácticamente imposible evitarlo.
Este no es momento de escuchar recomendaciones de amigos, conocidos, vecinos, notarios, o en general de personas empíricas que no están autorizadas ni tienen el conocimiento suficiente como para proveer asesoría de inmigración. Es el momento de consultar con un abogado reputable y debidamente licenciado en los EEUU.
Una vez la persona es colocada en proceso de deportación, deberá presentarse frente al juez para defenderse de por qué no debería ser deportada. El estado NO le proveerá un abogado, sino que es su responsabilidad contratar a uno privado, no tendrá derecho a un juicio expedito, ni a un juicio por jurado. Esas son algunas de las condiciones que aplican en una corte de inmigración. Adicionalmente los jueces de inmigración por ser empleados del Dpto. de Justicia, cuyo jefe último es el Fiscal General, quien a su vez es nombrado a dedo por el presidente Trump, no siempre ejercen a cabalidad la imparcialidad que deberían tener, sino que tienden a parcializarse por la política inmigratoria implementada por la administración de turno.
Las leyes de inmigración están cambiando muy volátilmente. Por esta razón, sin ánimos de sembrar miedo, hoy más que nunca se debe consultar con abogados de inmigración en los EEUU. No ponga en riesgo su futuro y el de su familia. Si desea analizar o consultar su situación inmigratoria individual con el autor, debe concertar una cita llamando al 713-532-2110 o a través de su página www.hjlopezlaw.com